La zona económica exclusiva: una perspectiva latinoamericana

GENESIS DE LA ZONA ECONOMICA EXCLUSIVA F. V. Garcia-Amador Al indagar acerca de la génesis de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) pre– vista en el Proyecto de Convención elaborado en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar se debe tener presente, ante todo, los tres elementos constitutivos esenciales de este espacio marítimo, esto es: a) los recursos cuya exploración, conservación y explotación o aprovecha– miento tiene por objeto; b) la naturaleza jurídica de la proyección o proyec– ciones de competencia en que radica la zona, y c) el área a que ella se extiende. La distinción entre estos elementos constitutivos esenciales es sumamente importante para poder determinar cómo se fue configurando la ZEE. En efecto, de tenerse presente esta distinción, las raíces y antecedentes históricos de la zona no siempre habrán de coincidir. Como podrá corroborarse en el curso de este breve ensayo, mientras no llegaron a concurrir en un nuevo espacio marí– timo los elementos constitutivos esenciales de la ZEE -que es lo que ocurre en la "Zona Marítima" de 200 millas de los países latinoamericanos del Pací– -Cico Sur- las raíces y antecedentes históricos de la primera se hallan dispersos en distintas reivindicaciones y propuestas caracterizadas por un objeto, natu– raleza jurídica y extensión diferentes. 1. PRIMERAS REIVINDICACIONES DE RECURSOS VIVOS Los antecedentes más remotos de la ZEE en lo referente a los recursos vi– vos son los siguientes: la reivindicación de las llamadas "pesquerías sedenta– rias", la del derecho de "propiedad y de protécción" sobre las focas del Mar de Bering y de otros recursos, y la de una determinada área del Estuario de Moray. Veamos a continuación cuáles eran los rasgos más sobresalientes de cada una. a) La reivindicación de las pesquerías sedentarias Siglos antes de que apareciera la doctrina de la plataforma continental, en cuyo lecho estas pesquerías están radicadas, ya existía un consenso en favor del derecho del Estado ribereño a reservarse la explotación de estos recursos vivos del lecho del mar más allá de sus aguas territoriales. Las reivindicaciones 13

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