Narrative of the surveying voyages of his majesty's ships Adventure and Beagle (vol.2- Appendix): between the years 1826 and 1836 : describing their examination of the southern shores of South America, and the Beagles's circumnavigation of the globe

APPENDIX. 191 de sus observaciones, sino que quiere y manda bajo de la mas estricta responsabilidad a las autoridades litorales de cualesquiera clase y rango que sean, que no les pongan embarazo alguno para acercarse a todos los pantos de la costa sin ecepcion ; permanecer en ellos el tiempo que crean conveniente, y desembarcar y morar en tierra a cualquiera hora, y ademas, que les ministren todos los ausilios que pudieren. A este fin me ordena expedir este documento ligando a su obsers'ancia a los funcionarios a quienes se presentare, y recomen- dandoles muy encarecidamente que si en el distrito de su mando ecsisten algunos pianos geograficos de la costa, trabajados en el Peru, interesen a su nombre a los que los posean para que se sirvan mos- trarlos a los referidos Oficiales, a fin de que puedan llenar mds cum- plidamente el important! simo objeto de su comision. Dado de orden suprema en el Palacio del Gobierno en Lima a 1° de Setiembre de 1835. (Firmado) M. Ferheyros. No. 33. (Duplicado.) El Ciudadano Mariano de Sierra, JenertJ de Brigada de los Ejercitos Nacionales, Benemerito a la Patria, Ministro de Estado, Secretario Jeneral de S.E. el Presidente de la Republica, &c. A las autoridades Civiles y Militares de las Costas de la Republica, Sabed; Que la Goleta " Constitucion " patache delBergantin de S.M. Britanica Beagle, construida en Maule del porte de veintecinco toneladas, conduce a su bordo Oficiales de la Marina Real de su Nacion con el objeto de recorrer las costas del Pacifico e Yslas adya- centes para la rectificacion de las cartas hidrograficas, que les ha sido encargadopor S.M. Britanica, yhabiendo el Supremo Gobierno de la Republica permitidoles la necesaria libertad en la practica de sus observaciones, quiere que leis Autoridades litorales no les pongan impedimento ni embarazo alguno en la aprocsimacion a los puertos, desembarque y permanencia en ellos por el tiempo que creyesen con- veniente los referidos Oficiales Ingleses, y que les proporcionen los ausilios que pidiesen en el orden debido. A este objeto es que S.E. me ordena espedir el presente documento.

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