Policy Brief - Huertos comunitarios como una herramienta social para la promoción de la salud mental
9 Unidad de Transdisciplina, Redes e Interfaz VID impactos positivos en la salud mental (Gallardo y Venegas, 2024). Paralelamente el Ministerio de Desarrollo Social y Familia mediante el fondo “Entornos Saludables” del Sistema Elige Vivir Sano (Ministerio de Desarro- llo Social y Familia, 2023), cuenta con presupuesto concursable para el desarrollo de iniciativas comu- nitarias que fomenten la vida sana, entre ellas los huertos comunitarios, lo que implica que el fondo se diversifica, compitiendo las iniciativas entre sí y sin priorización de la estrategia de huertos. La ausencia de una política y legislación específica para la agricultura urbana y huertos comunitarios genera una importante dispersión en el financia- miento público. Al no existir un marco normativo que los regule, los diversos instrumentos de apo- yo carecen de objetivos, estándares, indicadores y continuidad programática y presupuestaria comu- nes. Esto impide la consolidación de esta actividad como una estrategia nacional, desaprovechando la amplia evidencia internacional que subraya que los huertos son intervenciones costo-efectivas en la sa- lud mental comunitaria (Bragg y Atkins, 2016; OMS, s.f.; Soga et al., 2017). Aunque existen diversas fuentes de financiamien- to, la falta de coordinación y de una estrategia de sostenibilidad genera brechas críticas en los huertos comunitarios, especialmente en la mantención post proyecto y la articulación intersectorial. Resolver esta dispersión requiere una política pública que los reconozca como herramientas transversales para la salud integral, alineándolos con metas de eco- nomía circular, seguridad alimentaria y adaptación climática. La sostenibilidad de estas iniciativas es un proceso multifactorial que exige integrar dimensio- nes sociales (gobernanza y participación), técnicas (prácticas agroecológicas) y político-institucionales (acceso a infraestructura, recursos y respaldo mu- nicipal), junto con asegurar inversión, mantención y acompañamiento técnico en el tiempo. En última instancia, el éxito depende de normativas e insti- tucionalidad, así como de asegurar recursos mate- riales y humanos estables que fortalezcan tanto la operatividad del huerto como los vínculos comuni- tarios (Ancavil, 2025; Cukierman et al., 2025; Hun- ter et al., 2019; Monroy y Martínez, 2024). Si bien la autogestión es un componente central, la evidencia muestra que la sostenibilidad de estas iniciativas re- quiere también apoyo institucional continuo. El Proyecto de Ley de Huertos Urbanos en Chile (Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, 2025), actualmente en trámite legislativo (Boletín N.º 17433-06), es una iniciativa clave. Su propósito fun- damental es otorgar un marco jurídico a las activi- dades de cultivo dentro de las ciudades, que hasta ahora operan bajo iniciativas dispersas, autogestio- nadas o mediante fondos concursables, sin una po- lítica nacional unificada. El proyecto busca fomentar la agricultura urbana y periurbana con un enfoque central en la seguridad alimentaria, la nutrición sa- ludable, la educación ambiental y el fortalecimien- to comunitario. Establece formalmente qué es un huerto urbano, evitando la ambigüedad que ac- tualmente dificulta su protección y apoyo. Propone además la creación de un catastro oficial gestionado por los municipios, fundamental para que el Esta- do sepa dónde están, cuántos hay y qué necesida- des tienen. El proyecto faculta explícitamente a los Gobiernos Regionales y a las Municipalidades para entregar asistencia técnica, capacitación y facilitar el uso de terrenos públicos o privados. Reconoce diversos fines para los huertos, incluyendo el pro- ductivo, educativo, ambiental y el uso terapéutico en salud mental y rehabilitación (aunque este último punto ha sido objeto de debate sobre su nivel de profundidad). Este es el primer paso serio para dejar de considerar los huertos como “adornos” urbanos
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