Gobernanza de plataformas digitales en Chile: antecedentes y recomendaciones desde la evidencia

una solicitud de transparencia, el CNTV señaló que no existe hoy un órgano público encargado de regular o fiscalizar los conteni- dos emitidos por estas plataformas, salvo la aplicación de normas constitucionales generales sobre privacidad, honra, protección de datos, intimidad, inviolabilidad de las comunicaciones y libertad de opinión e información 21 . 2. El segundo antecedente refiere al uso de plataformas digitales para propaganda electoral. Desde la modificación de la Ley N° 18.700 sobre votaciones y escrutinios, los medios de comunicación y redes sociales deben informar al SERVEL sus tarifas y sistemas de contra- tación digital para propaganda electoral, información que debe ser publicada antes del inicio del período de campaña. Esta regulación permite fiscalizar aspectos asociados al gasto electoral en plata- formas digitales, pero no configura una regulación integral sobre contenidos, desinformación o funcionamiento de las plataformas. La respuesta del CNTV permite observar que para el regulador sectorial con mayor cercanía temática respecto de las plataformas, la preocupa- ción regulatoria sigue siendo el contenido y no los servicios ni las lógicas de moderación, que operan en otras capas de este tipo de tecnologías. A su vez, el impacto del trabajo del SERVEL sigue siendo acotado frente a plataformas de gran escala, como quedó demostrado en el plebiscito de salida del segundo proceso constituyente en 2023, cuando el organismo electoral multó a Google por no informar la identidad de contratantes y montos asociados a propaganda electoral, con una sanción de bajo im- pacto relativo para una empresa de esa escala 22 . 4.12 Idoneidad de la institucionalidad reguladora Respecto de los componentes que las Directrices de UNESCO atribuyen a una institucionalidad reguladora -independencia, recursos económicos y humanos suficientes, foco, competencias, consulta y escucha activa, au- toridad legítima y normas claras-, el caso chileno muestra una distancia significativa. Como se ha señalado, la única autoridad reguladora inde- pendiente en el ámbito de las comunicaciones es el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), cuya misión constitucional se limita a velar por el 21 Solicitud AG003T0000928, 20 de enero de 2025 22 Véase https://www.biobiochile.cl/especial/bbcl-investiga/noticias/de-pasillo/ 2023/09/25/lo-ganado-en-1-milesima-de-segundo-servel-multa-a-google-en-6- millones-por-propaganda-del-plebiscito.shtml 53 52 POLICY PAPER N°10 / SERIE COMUNICACIONES

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