Modelo de certificación universitaria en estándares de igualdad de género, sello genera igualdad.

332 dirección de igualdad de género anexo 2 . caja de herramientas Participación y representación en la academia 2. ANTECEDENTES Las problemáticas de discriminación de género han logrado una visibilización acele- rada en la última década, no solo a nivel global, sino que también nacionalmente y dichas demandas sociales están dando origen a políticas públicas. En ese marco, la Universidad ha demostrado liderazgo y compromiso para generar cambios que im- pacten en las realidades y experiencias de género que vive su comunidad. Es así como en el proceso de acreditación del 2018 se establecen compromisos para disminuir las brechas de género tales como promover e implementar políticas que mejoren la representación de académicos mujeres o de minorías, para que el cuerpo académico de la Universidad refleje la diversidad de la sociedad chilena, además de promover mecanismos que garanticen el acceso a los estamentos superiores de la carrera académica a mujeres y minorías En este sentido, el año 2019 se crea la DDA, con el objetivo de contribuir al asegura- miento de la calidad académica y de gestionar las condiciones propicias para el traba- jo de los/as académicos/as, cuya misión incluye precisamente la profundización de la equidad, inclusión y diversidad del cuerpo académico. Igualmente, la instalación de la Oficina de Igualdad de Oportunidades de Género en 2013 y la posterior creación de la Dirección de Igualdad de Género (DIGEN) en 2018, al alero de la Rectoría, representan un hito en el devenir de las acciones impulsadas para avanzar hacia transformaciones en pro de la igualdad de género, siendo sus políticas institucionales un buen ejemplo de la disposición al cambio que existe dentro de la Universidad. En este contexto, muchas de las políticas de la Universidad respecto a cómo enfrentar la discriminación de género han tenido un enfoque transversal hacia la comunidad universitaria - involucrando a académicos/as, funcionarios/as y estudiantes - y mu- chas veces dichas políticas han provenido de demandas estudiantiles vinculadas a lo que se entiende como una educación no sexista. Si bien se han logrado avances ne- cesarios y emblemáticos, no existen aún políticas específicas de género relacionadas con las académicas y académicos de la Universidad, cuyas particularidades también requieren atención. 2.1. Marco jurídico para la equidad de género Dentro del documento titulado Incorporación de la perspectiva de igualdad de género en el Modelo Educativo de la Universidad de Chile: Insumos de normativa internacio- nal para el debate (2018), la DIGEN señala que “En su rol público y congruente con su misión, la Universidad de Chile tiene el mandato de responder a los diversos instru- mentos normativos y acuerdos internacionales que ha suscrito el país en materia de educación, no discriminación e igualdad de género”. En este sentido, resulta pertinen- te revisar los marcos jurídicos para la equidad de género que forman el contexto del presente instructivo. Marco Jurídico Internacional La equidad de género ha sido un objetivo importante en el marco jurídico internacio- nal, frente al cual el Estado de Chile ha suscrito acuerdos en varias instancias. Dicho marco jurídico incluye normativas tales como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer (CEDAW, 1979), con carácter vincu- lante y ratificada por Chile en 1989; la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la Mujer (1993); el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación

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