Los Tratados celebrados entre la República de Chile y la Sociedad Mapuche

42 Carlos Contreras Painemal Parlamento. Incluso se hablaba de “un sistema de agasajos”, lo cual obligaba a la Corona a desembolsar grandes cantidades de dinero de las arcas reales cada año. Con el advenimiento de las repúblicas esta costumbre, ya institucionalizada, seguirá realizándose, y los mapuche no aceptarán que se ponga fin a esto. Incluso, este tema se tratará en el Parlamento de Tapihue de 1825, en el cual, por el artículo número 28, se capitulará lo siguiente: El Gobierno se obliga a mantener siempre en la frontera del Sur los agasajos de costumbre para la recepción de algunos Caciques que pasan a la ciudad de Los Ángeles. A pesar de que se ha interesado el comisionado en la supresión de este artículo por no gravar al Fisco, no ha sido posible por instancias del Diputado don Francisco Mariluan como antigua costumbre 12 . Tanto los agasajos como los regalos pasarán a formar parte del delicado sistema de engranajes en los procesos de negociaciones etnopolíticas. Ellas generarán los protocolos de cortesía y distinción, cuya base estará determinada, en este caso, por la compensación, la cual era entendida por los mapuche como un pago necesario por los daños ocasionados. 12 BNCMM. Vol. 492, Anexo 2, fjs 2. “Tratados celebrados entre el Coronel Graduado de los ejércitos de la República Comandante de Alta Frontera, y Delegado de la Ciudad de los Ángeles, Pedro Barnachea, autorizado por el Sr. Brigadier de los ejércitos de Chile, Gobernador Intendente de la Provincia de Concepción para tratar con los naturales de ultra Biobío, y D. Francisco Mariluan, Gobernador de 14 Reducciones, contenidos en los artículos siguientes”.

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