Régimen de gobierno y sistema político: elementos para el debate constitucional

16 Universidad de Chile . 2021 La variación de los tipos de presidencialismos radica principal- mente en las facultades colegisladoras del Ejecutivo y las posibili- dades de fiscalización del Congreso. En consecuencia, se puede ir de un hiperpresidencialismo a un presidencialismo más atenuado dependiendo de las facultades que cada una de las instituciones tenga sobre iniciativas legislativas, urgencias, control presupues- tario y del gasto, nombramiento y fiscalización de autoridades. Con todo, las capacidades legislativas del ejecutivo siempre depende- rán de las mayorías parlamentarias. ¿Qué sabemos del presidencialismo en Chile? Situación actual y limitantes Más allá de la caracterización general señalada, en cada uno de los países van surgiendo especificidades debido al funcionamiento práctico y cotidiano del régimen político. El presidencialismo chile- no presenta ciertas características que se resumen a continuación. Existe generalmente un consenso en que Chile ha tenido histó- ricamente un modelo en que el Presidente posee importantes fa- cultades formalizadas constitucionalmente. Esta característica ha logrado trascender temporalmente y se ha sobrepuesto a coyun- turas críticas (Baeza, 2012), inclusive hasta la propia Constitución de 1980, que refleja la tendencia hacia un presidencialismo acre- centado (Ruiz-Tagle, 2016; Avendaño, 2021a). Desde una perspec- tiva histórica, el presidencialismo ha ido de la mano con un Estado centralista y unitario al cual le han sucedido distintas situaciones de crisis. Durante el siglo XX muchas de ellas se basaron en ten- siones entre gobierno y congreso nacional, o entre gobierno y opo- sición, las que con frecuencia fueron resueltas con el uso de méto- dos autoritarios o de facultades extraordinarias (Avendaño, 2021a). Actualmente, se debe comprender que no es posible entender los problemas del presidencialismo chileno separados del centralismo y la definición de Estado unitario. Este constituye un desafío mayor para la nueva Constitución. A nivel de poderes del Estado, el hiperpresidencialismo posterior a 1990 habría generado una excesiva concentración del poder en el Ejecutivo, mermando el contrapeso y debilitando a otros poderes del Estado (Atria et al, 2013; Valenzuela, 2020). Además, mediante

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