Propuesta Constitucional sobre el Derecho a la Alimentación

29 Propuesta Constitucional sobre el Derecho a la Alimentación. Por otra parte, la visión minimalista afirma que en la redacción constitucional sólo se debe considerar lo esencial, apostando a la construcción de límites y principios generales, que permitan un marco de acción legislativo posterior. Así, y en consideración de las críticas que se le atribuyen a esta visión, se propone que la definición conceptual en la constitución debe ser ponderada, para no exponerse al riesgo de quedar en un formato muy simple que entregue el poder de decisión a una interpretación judicial. Igual- mente, en el caso probable de efectivamente tener una constitución minimalista, se debe establecer un estándar o marco referencial internacional para que las/os jueces puedan referir. Ejemplo de este debate se grafica en la salud pública, por una parte, algunos participantes consideran importante incorporar este eje dentro de la definición del DA, mientras que en la otra vereda apuestan a que el cumplimiento del DA se podría ver reflejado en la salud pública. 1.2 El Derecho a la Alimentación y los tratados internacionales Dentro de la discusión jurídica, se ha reconocido la existencia de acuerdos que Chile ha firmado a lo largo de su historia y que guar- dan directa relación con el DA. En este sentido, aun cuando se reco- noce que no hay una obligación de por medio, una gran mayoría de las/os participantes consideraron importante respetar dichos tra- tados relativos al derecho a la alimentación, entendiendo que estos conformaron avances importantes que como país se habían con- solidado, y que como tal no debieran quedar atrás. Así, se propone explicitar esta posición en un potencial texto constitucional, a fin de que los gobiernos de turno venideros respeten dichos acuerdos. 1.3 Acceso, disponibilidad y características de los alimentos Durante el primer taller, se puso sobre la mesa la importancia del acceso a los alimentos, cuestión que fue profundizada en esta se- gunda instancia. Ahora, si bien algunos/as participantes mencio- naron que el concepto de seguridad alimentaria incluye el acceso y disponibilidad, estos fueron ahondados de manera específica y se- parada, lo que ameritó -metodológicamente - que fueran tratados en ejes temáticos distintos para efectos de esta sistematización, que no significa una distinción teórica.

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