Kinesiología y discapacidad, perspectiva para una práctica basada en derechos

84 Resumen Palabras claves Citar este capítulo como: Deporte adaptado y kinesiología Andrea Chinga Andreani 1 y Alan Martínez 2 1 Académica, Departamento de Clínicas, Facultad de Medicina, Universidad Católica del Norte. Correspondencia a achinga@ucn.cl 2 Académico Instructor Adjunto, Departamento de Kinesiología, Universidad de Chile. La actividad física es “cualquier movimiento corporal producido por los siste- mas músculos esqueléticos que exija gasto de energía”, entendida por la OMS, entidad que plantea como desafío el aumentar los niveles de actividad física en la población, sin discriminación. La actividad física adaptada (AFA) busca, por lo tanto, generar actividad física con énfasis en los intereses y capacidades de las personas en situación de discapacidad, basándose en una actitud de aceptación de las diferencias individuales, la defensa del acceso a un estilo de vida activo y al deporte. El deporte adaptado, es una rama de las AFA que, como su nombre lo indica, se adapta, en sus diferentes modalidades, a las personas en situación de discapacidad (PeSD). La Convención Internacional de Naciones Unidas firmada el 2006 establece los derechos de las PeSD, específicamente en su artículo 30º, referente a la participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el espar- cimiento y el deporte con el fin de que las PeSD puedan participar en igualdad de condiciones con las demás en dichas actividades. Esto obliga al Estado chileno a formular leyes y políticas públicas que favorezcan la participación de las PeSD en igualdad de condiciones en AFA; es por esto que el Ministerio del Deporte y el Servicio Nacional de la Discapacidad trabajan en conjunto con el fin de promover el desarrollo del deporte paralímpico y adaptado en nuestro país. Actividad Física Adaptada, Deporte adaptado, Personas con Discapacidad. Chinga, A., y Martínez, A. (2020). De- porte adaptado y kinesiología. En M. Tamayo, A. Besoain-Saldaña, y J. Re- bolledo. (Eds.), Kinesiología y discapacidad: Perspectivas para una práctica basada en derechos (pp. 83-89). Santiago, Chile. Universidad de Chile. Introducción La kinesiología en Chile es una profesión en evolución, que cuenta con registros históricos que plantean “Los tiempos modernos nos exigen nuevas conquistas… Esta es la nueva tarea para quienes – colegas jóvenes – leen estas páginas sin comprender a cabalidad el significado de toda esta historia” (Hidalgo, 1996); ya a fines del siglo pasado, Hidalgo invitaba a mirar los desafíos y propuestas profesionales para el futuro. A nivel internacional, existe un desarrollo significativo de la Actividad Física Adaptada (AFA); nuestro país ya cuenta con profesionales que llevan a cabo la incorporación de AFA en distintos niveles, pero sin duda es un desafío actual y una opor- tunidad que no se puede dejar pasar. En términos jurídicos, existe un marco desde una perspectiva de derechos, “recono- ciendo que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás” (ONU, 2006). De acuerdo con esto, resulta necesario “promover la formación de los profesionales y el personal que trabajan con personas con discapacidad respecto de los derechos reconocidos en la presente Convención, a fin de prestar mejor la asistencia y los servicios garantizados por esos derechos” (ONU, 2006). Para lograr este objetivo, es funda- mental aportar a la participación plena, para ello es importante ofertar a personas en situación de discapacidad (PeSD) talleres o programas de AFA que se orienten a mejorar su calidad de vida y participación social por medio de la actividad física. Como profesionales del movimiento humano, la Convención brinda a los kinesiólogos y kinesiólogas una gran oportuni- dad de desarrollo y una responsabilidad desde la perspectiva de derechos; de acuerdo con esta, el Artículo 20 establece la obligación de los Estados a “c) “ofrecer a las personas con discapacidad y al personal especializado que trabaje con estas personas capacitación en habilidades relacionadas con la movi- lidad” (ONU, 2006), por lo que cabe en la responsabilidad del Estado fomentar las oportunidades y capacitaciones necesarias para promover la movilidad de las personas en situación de discapacidad, labor en que la kinesiología puede ser un aporte al trabajo interdisciplinar. Actividad Física Adaptada como Derecho para PeSD. El actual escenario epidemiológico a nivel mundial, en el que existe predominio de las enfermedades crónicas no transmi- sibles y, además, el cuarto factor de riesgo para la mortalidad

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