Congreso nacional de arquitectura y urbanismo

- 180 - juelas profundas y reinaba una frescura deliciosa. favorc.bJ.e a la salubridad". En el siglo XVI las calles de Pa¡·ía no ten1an :m5. 3 de 6 a 8 pies de ancho. En Nápoles sucedía otro tanto. Es proverbial que en esta ciudad los gatos podian s~l-tal~ de tl.!l tejt>..do a otro y los vecinos darse la mano a tra·vés de l a calle (l). Aun hoy día puede observarse barrios y aün ciudades, como Santiago de Compostela en Espafia y otras en cndiciones se~j~tes en 7.arios puntos de Europa. Es-ta si tuaci6n fuera de dificultar e 1 t.rán·~ sito y los servicios mu~icipales, favorecía las epidemia~, en términos que los estragos del cólera obligaron en Nápoles a adoptal· un plan de ensanchamiento de las calles. La flextensión de las ciudades, las nuevas poblaciones y nuevos barrios"', han sido también problemas que ocupan desde antiguo a las autaridades. Enrique II en 1550 hizo apr~bar por l a Municipalida~ de Paris un plano que dete~~inaba el desru'ro– llo de los alrededores de la capital. Enrique IV im puso l a a- dop~ión de un plai. lll de c onjunto preyiendo la sim.et: d.a de las eor.~.si.;rJccionos. El pla.no de extenaién de> "1550 fué reno-vado en ~675 bajo el reinado de Luis xrv-por Bullet. Lais ZVI_, ~or una decla;ración de 1783,. fij6 en 30 pi es el ttn.ncho mínimo de l a s co.llns y J.:L-rn5.-!;ó la ttaltura de las easo.sn. E.t1 185- 91 inc,r– porarse a la ( .. dudad :.onoo· .·.COiltunas, en el pro ;>·ec·tc de l~y res– pectivo_, se de jaba testimonio del triste espec·ttcn lc que o.f'recia la irun.ensa aglomeración de calles sin objeto_, cal lejuelas y calles ciega:~ chocantes y· grupos da habitaciones a.1aontonn.da s a.l azar que contenfan estos barrios que casi no habia. fo !"Ina. de repar~r o mejora r (2). De lo expuesto anteriormente se desprende la absolu~ neee~~dad que erlste en los tiempos actuales de reglJ, m~r.rcar la constrt!cci6n de los edificios por ra.l!tones de sdgm-:d<:td, p.-:1.. ro. evit~r los peligros de incendio y por r~zones de 3a.lubri - dad. So de$o:rc nde ·tam bién 1~ necesida:d de reglamentar las cons– truccio:ae:,; ;.1 eostn.do de l :t s vía.s pl1blicas para que to.nen 1~ lí neo. que .}orrcsponde a su ['.nol:o, y io. co.pital importancia. que - se atrib~ye dGsde hace muchos nñ os u l os planos de transfor.m~ci0n y extcnc ión de lo.s ciudades pn.ro. prevenir su dese~.rrollo futu:~.·o. --~------------ (l) Letoliez· . A\lu.uto.ciones de Derecho .Administrativo_, pé.g. l€3. (2) B.. )na.o .•, ::·r~tit~ ,rn.tique de P ·amena.gement, de l' e:rlension., de l'oEbellissoment des villas et des lotissement. ~ ~ris 1&27.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=