Radio y cultura popular de masas

Creemos que en su determinación se entrelaza una concepción li beral de corte tradicional con la concepción de un Estado rec­ tor de los procesos y árbitro de los conflictos. La producción y el discurso radial se basa en la libertad indi_ vidual expresada como libertad empresarial y regulada por un Estado que “concede" en usufructo la onda radial a competidores particulares, lo cual es bien propio del liberalismo. El Esta­ do se reserva, sin embargo, una serie de derechos de interven - ción en el medio, que van desde vigilar su nivel tecnológico, hasta la distribución de música nacional y extranjera, pasando por la capacidad permanente de transmitir cadenas radiales des de la presidencia de la República (la Dirección de Informacio­ nes del Estado data de 1940). ¿Podría pensarse una situación de similares derechos estatales frente a la prensa, sin que se le acusara de Estado totalitario? En la legislación radial están presentes, entonces, elementos del Estado liberal tradicional y elementos del Estado interven tor: los primeros en las garantías de acceso y los segundos en la administración del derecho individual. La presencia de estos dos aspectos no es un hecho anómalo ni casual. Responde al tipo de proyecto frentista en el cual co­ existen dos ejes o propósitos constitutivos: el desarrollo ca­ pitalista y la democratización política. Veamos ahora como la radiofonía queda inserta en el primero de estos ejes. El he - cho que la emisión quede en manos de empresas particulares no constituye diferencia respecto a la prensa. Sin embarogo, la comunicación radial-sea por las características de su lenguaje y su alcance potencial, sea por las dinámicas de urbanización

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