Palabra Pública N°25 2022 - Universidad de Chile

Constituyentes celebran la aprobación de la norma sobre derechos sexuales y reproductivos el 15 de marzo de 2022. char del cuerpo de la política que se constituye en los primeros decenios de la República, el concepto de derecho que se impone durante el siglo XIX y gran parte del siglo XX es de orden puni- tivo, restringiendo en su ejercicio la definición de los derechos a un conjunto de deberes. Así, el dispositivo constitucional, en sus diferentes actualizaciones, promueve en cada figuración del cuerpo político de la república un afecto político más cercano al temor a la ley que a la audacia de la participación. Este con- cepto punitivo de derecho acompaña la redacción de todas las constituciones chilenas. La figuración masculina puede ser apre- hendida, a su vez, como el índice de una posición ocular, como la afirmación de una posición erecta que transmite una idea de verticalidad, de orden, de jerarquía. La Constitución de 1925 mantiene la figura masculina cuan- do reitera la exclusión de las mujeres de la política bajo la promesa de una inclusión progresiva. Esta promesa se enseña en la imagen de la demopedia , de un ejercicio pedagógico de alfabetización cívi- ca que reenvía continuamente al futuro la promesa de incorpora- ción de las mujeres al orden de la república. De hecho, las muje- res tendrán derechos políticos recién a mediados del siglo veinte, y sólo después de una ardua lucha por el derecho a sufragio. Aho- ra bien, el ingreso de las mujeres al orden republicano no altera la figuración de este orden, es decir, no transforma ni interrumpe la producción y reproducción de un orden masculinamente se- xuado de la política. Estado, familia y mujer son los significantes que modelan el tipo, la tipografía, de un cuerpo reproductivo de la nación. Esta concatenación de palabras se encuentra ya inscripta en el dispositivo cons- titucional de 1833, y su anudamiento no se verá más que reforzado en las constituciones dictadas en 1925 y 1980. *** La política narra un cuerpo, sin duda. A la manera de círculos concéntricos, el cuerpo de la política en el dispositivo constitucional narra un espacio en común circunscrito a las experiencias de los hombres de la oligarquía nacional: este cuerpo-eje o cuerpo-centro se amplía y se extiende al círculo de las familias oligarcas; este cuerpo o centro extendido ge- nera la ficción del cuerpo de la nación chile- na. Lo en común, entonces, narrado a través del predominio y del dominio de un cuerpo sexuado, de la afirmación de los intereses de un cuerpo que capitaliza valor a partir del control del trabajo y la reproducción. Las ex- periencias particulares de hombres de acción y palabra se vuelven las experiencias del cuer- po de la política cuando estas experiencias se enlazan a un orden reproductivo que no es otro que aquél que se describe en la familia heterosexual. Este enlace delimita lo político y lo privado en tanto dos esferas diferencia- das que describen roles, ocupaciones y tiem- pos. La diferenciación del cuerpo social se establece así sobre la marca de la “diferencia sexual natural”, sobre su presupuesto, insti- tuyendo con ello un orden de filiación. El cuerpo de lo en común enlazado a la figura doble de la diferencia sexual natu- ral describe un régimen visible dual de lo masculino y lo femenino. La visibilización de lo femenino cumple con una función primordial en la configuración de la repú- blica masculina: la mantención del espa- cio de la familia como el lugar del amor y el cuidado del interés privado. Siguiendo el hilo que se tensa en tal afirmación, es “La revuelta de 2019, la voluntad popular de poner fin a la Constitución de 1980 y la elección de una Convención Constitucional abren la posibilidad de imaginar otro cuerpo para la política en Chile. Un cuerpo que desdibuje los círculos concéntricos constituidos en torno a la figura del individuo posesivo”. Chileconvencion.cl 32

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