Planificacion y evaluacion para los aprendizajes en educación infantil desde un enfoque de derechos

153 Es indiscutible por ejemplo en el caso de Internet que “ha mejorado el acceso a la información en todos los rincones del planeta, y ofrece a niños y jóvenes la posibilidad de buscar información prácticamente sobre cualquier tema de interés” (UNICEF 2016: 6). Ello en respuesta a las demandas de la sociedad del conocimiento, donde cada vez con mayor fuerza y urgencia le impone al currículo la incorporación de las tecnologías de la información, y donde los docentes debieran de orientar a los educandos a desarrollar la capacidad de seleccionar, interpretar, formular juicios valóricos y desarrollar el pensamiento crítico respecto a la gran cantidad de informaciones y comunicaciones que los medios tecnológicos les proveen (Magendzo 2008). En tal sentido, investigadores como Wartella et al. y Bolstad afirman que: “la tecnología y las herramientas digitales pueden ser integradas a los procesos de formación en la educación inicial, siempre y cuando posean una finalidad e intencionalidad pedagógica clara, pues de eso dependerá su efectividad” (en Meza 2018: 23). Algunos centros especializados en esta temática a nivel mundial (como el Fred Rogers Center), señalan que hay que cautelar algunas variables a la hora de integrar tecnología en la educación infantil; tales como la edad, el tiempo de exposición a la pantalla y el momento del desarrollo del niño(a) en relación con sus habilidades, capacidades y el contexto social. Fundamento de ello es el poder aportar a que no existan tantas desigualdades o inequidades entre las experiencias de los niños y niñas de diferentes sectores. Coherente con ello, la Convención sobre los Derechos del Niño consagra los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los niños, estableciendo que “todos los niños tienen derecho a la educación; al esparcimiento, al juego y a la cultura; a obtener información adecuada; a la libertad de pensamiento y de expresión; a la privacidad y a expresar sus opiniones en los asuntos que les afectan” (UNICEF 2016: 6). Por este motivo UNICEF se ha preocupado de concretar estos derechos como en el escrito “Los Derechos de la Infancia y el Internet” (2016), donde ofrece orientaciones al respecto a adultos para velar por la seguridad y buen uso de este recurso. Otro aporte al respecto fue el señaladopor laAsociaciónNacional para la Educación de Niños Pequeños de Estados Unidos (NAEYC)

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