Antología de Andrés Bello
10s cjnones, y a la vuelta de &ginas generaciones convertiria 10s censos en un numero infinito de fracciones imperceptibles. Si poi- este medio se consiguiese desalentar la imposicijn de cz.pita!es a censo, se habria logrado indirectamEnte un gran bien. El censo vitalicio, que por su naturaleza es de corta duracijn, no ofrece 10s inconvenientes de !os otros; es el unico que en este proyecto no admite ni redencijn, ni reduccibn, ni divisi6n. En e! contrato de sociedad se ha creido que debiamos se- guir el ejemplo de naciones a quienes un extenso comercio ha hecho conocer las verdaderas exigencias del cr6dito. Los miem- bros de una sociedad colectiva, segun el presente proyecto, res. ponden por el valor tot21 de las obligaciones oue a nombre dc ellas se ccntraen. Se ha procurado a1 mismo tiempo sujetar la sxjedad a reglas precisas en su administracih, y en las obli- gaciones de 10s socios entre si y respecto de terceros. Se ha so- licitado la misrna especificaci6n y claridad en e! mandato, en 10s contratos para las confeccicnes de obras y en la fianza. Entre ias convenciones licitas, se ha dado lugar a la anti- cresis. Inocente en si misma, uti1 a1 cr6dito y paliada a veces, podra ahora presentarse sin disfraz bajo la sanci6n de la lev. POT- punto general, el c6digo de las Partidas y el Cddigo Civil franc& han sido !as dos lumbreras que se han tenido mas COPS- tanteniente a la vista. Donde ellos difieren, se ha elegido lo que m8s adaptable y conveniente parecia. Se ha simplificado nota- blemente el arreglo de la prelaci6n de crkditos, el foment0 del crkdito ha sido en 61 la consideraci6n dominante. Se dividen en cinco clases 10s acreedores concurrentes: 10s que gozan de pri- v;legio genera!; 10s que gozan de privilegio sobre especies mue- bles; 10s hipotecarios; 10s de menores, mujeres casadas, y otras personas cuyos bienes son administrados por representantes le- gales: y 10s quirografarios. Se han abolido varios de 10s privi- l eg i s generales y especialcs, y entre 10s ultimos, todos 10s quz recaian sobre inmuebles. Apenas es necesario deciros que no reviven en este proyecto como crkditos preferentes, ni 10s de hipoteca general convencional, ni 10s escriturarios. La obra prin- cipiada por las leyes de 1845 y 1854 se ha llevado a cabo. Innovaciones no menos favorables a la seguridad de las po- sesiones JJ a1 cr6dito encoptrarkis en el titulo De la prescripcibn. La de treinta aiios continuos rechaza todos 10s crkditos, todos 10s privilegios, todas las acciones reales. Toda obligaci6n personal que ha dejado de exigirse en el mismo espacio de tiempo, perece. Pero esta excepcih debe siempre alegarse por el que pretende gozar de su beneficio, 10s jueces no pueden suplirla. Terminark con algunas observaciones generales. En este proyecto se hacen obligatorios 10s instrumentos pG. blicos y privados (que un cklebre publicista modern0 ha liama-
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