El sistema de prensa en Chile bajo el gobierno militar (1973-1984)

- 42 las cuales se cancele una concesión, podrá recurrirse directamente ante la Corte Suprema, la cual conocerá como jurado y el tribunal- pleno. De las demás resoluciones podrá recla­ marse en los casos y en la forma que determine la ley. La» ley establecerá un sistema de censura para la exhibición y publi cidad de la producción cinematogra fica. IV. PROYECTO FINAL APROBADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO Y EN El PLEBISCITO DEL 11 de .SEPTIEMBRE DE 1980 La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier me­ dio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a la ley, la que de­ berá ser de quorum calificado. La ley en ningún caso podrá estable cer monopolio estatal sobre los me­ dios de comunicación social. Toda persona, natural o jurídica ofen dida o injustamente aludida por algún medio de comunicáción social, tiene derecho a que su declaración o recti ficación sea gratuitamente difundida en las condiciones que la ley deter­ mine, por el medio de comunicación so

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