El debate ideológico acerca de la comunicación de masas en Chile : 1958-1973
15 Es así como, junto con destacar las connotaciones morales del problema y subrayar su "apoliticismo" (14)r se defendía la im periosa necesidad de combatir los órganos de la "prensa amari lia" en cuanto "(...) ban pretendido hasta ejercer una v e r dadera dictadura sobre hombres, partidos políticos e inclusi ve el propio Parlamento, erigiéndose en jueces, en árbitros de c o n c i e n c i a " (15). En este mismo sentido se argumentaba que la "prensa amarilla" tiende a constituirse en "una dictadura periodística que oscurece y confunde las conciencias de mu - chos de nuestros conciudadanos cuya incipiente cultura les ha ce fáciles víctimas de esta.- máquina disociadora de una verd a dera y limpia de mo cr ac ia "(16). Luego, pues, la "salud- moral del cuerpo social" y la "protec ción de la democracia" constituían los argumentos esgrimidos por la derecha para limitar los mensajes que podrían circu - lar legítimamente a través de la red comunicativa. En tales condiciones, se precisaba la noción de libertad de o pipión y de prensa enfatizándose la responsabilidad del suje to de ese derecho (los emisores): "(si bien) la libertad de o pinión y de prensa es baluarte de nuestro régimen democrático (...) su ejercicio implica una inmensa responsabilidad". Ci tando al Papa León XIII, se argumentaba que "(...) si esta li bertad no es moderada ni reconoce término o límite alguno es completamente nula jurídicamente. Pues el derecho es una fa cuitad moral que, como dijimos y lo repetiremos muchas veces, no es posible que la naturaleza la otorgue indistintamente a la verdad y al error, a la virtud y al vicio(...). A medida que gana terreno la licencia, lo pierde la libertad, y cu a n to más aquélla se frena, tanto es ésta mayor y segura". A continuación, se citaba el pensamiento menos liberal que pue de encontrarse en Montesquieu: "En un Estado, es decir, en u na ..sociedad donde hay leyes, la libertad no puede consistir sino en poder hacer lo que se debe hacer y en no estar obliga do a hacer lo que no se debe q u e r e r " (17). (14) Enrique Ortúzar, Ministro de Justicia, Senado, 26/8/63, pp. 3014-3017. (15) Ib, 27/G/63, p. 3153. (16) Enrique Curti, Senado, 27/0/63, p. 3159 (17) Enrique Ortúzar, Ministro de Justicia, Senado, 27/8/63, pp. 3150-3151.
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