Ciudadanías para la democracia
13 derechos sociales plasmados en sus constituciones, desde una perspectiva de construcción de un patrimonio nunca antes planteado en la historia de la humanidad, y que se propone elevar el estándar de vida de las poblaciones, es una tarea a realizar con el fin de ir más allá del nivel meramente histórico-empírico estos. A partir de ello, queremos revisar los derechos sociales planteados en algunas de las constituciones de países emblemáticos que, durante el siglo XX, se plantearon superar los derechos restringidos del liberalismo y –aparentemente- el sistema social ligado al modo de producción capitalista. Esto cobra especial interés en la medida en que se mantiene la hegemonía del liberalismo (como filosofía) y el neoliberalismo como fase del desarrollo y modo de acumulación capitalista y las experiencias (elaboraciones) del socialismo real pasan a ser objeto de museo (y de crítica permanente). Algunas Constituciones precursoras y que consagran Derechos Sociales en el siglo XX A modo de advertencia, debemos insistir en señalar que las constituciones y los derechos sociales planteados, no deben tomarse como fuente o instrumento para estudiar el funcionamiento real de estas en las instituciones y orgánicas que le dieron cuerpo históricamente, sino para comprender las bases generales o énfasis que pusieron sobre los derechos sociales, como parte de las definiciones que se dieron para romper con las bases del liberalismo, que le otorgan prioridad a la libertad abstracta y la propiedad individual. Por límites de extensión del texto, a continuación extraemos –de manera resumida- los apartados que pueden ser interpretados a la luz de los derechos sociales de las constituciones precursoras de estos, en el siglo XX, con el fin de identificar los aspectos centrales que les otorgan expresión. Constitución mexicana de 1917 La constitución mexicana, fue producto de los movimientos revolucionarios de 1910, en ella se plantearon derechos civiles, políticos y sociales, entre estos, cuestiones respecto de la propiedad de la tierra, la jornada laboral de 8 hrs, el salario, la educación gratuita y laica, el derecho a la salud, así también la libertad de expresión y
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