Neoliberalismo, neodesarrollismo y socialismo bolivariano
230 En lo que respecta a las organizaciones de la economía social imbricadas hacia la formación de políticas de empleo y protección social a la mujer, el articulado con rango constitucional prevee al cooperativismo como una estrategia de desarrollo implementada por el Estado a través de las cooperativas como formas de organización colectiva, donde se establecen como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y la promoción del bienestar del pueblo, por medio de la educación y el trabajo como procesos fundamentales para alcanzar dichos fines (Asamblea Nacional Constituyente (CRBV), 1999: Artículo 3). Ahora bien, los significados manejados en el marco jurídico constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, conforman un Estado Social de Derecho y de Justicia. Desde, el gobierno bolivariano se concibe un plan de desarrollo social integral, con una concepción humanista del Estado. Ese desarrollo social integral delinea la política pública de la V República que enmarca un trabajo articulado entre el Estado, las instituciones públicas y las comunidades, basado en la participación de las familias, las comunidades y las organizaciones sociales. Al respecto, estamos de acuerdo con Ochoa (2008) cuando comenta que la CRBV es opuesta a las tendencias neoliberales en el plano económico y social, por ende, se trata de un proyecto contrahegemónico, a partir del cual se ha delineado un proyecto alternativo, que avanza paulatinamente en la formulación e implementación de políticas públicas alternativas en todos los planos. Dentro de estos nuevos significados contrahegemónicos se reconoce constitucionalmente el trabajo de la mujer ama de casa como acto creador de valor, productor de riqueza y generador de bienestar (Asamblea Nacional Constituyente (CRBV), 1999, Artículo 88) haciendo posible que las mujeres, junto a otros sujetos históricos, sean seres capaces de impulsar las transformaciones necesarias para lograr la construcción del socialismo (Rodríguez, 2017). En lo que respecta a la política pública de empleo con orientación en el sector de la economía popular, Lander (2004) explica que, durante los dos primeros años de gobierno del Presidente Hugo Chávez, la prioridad estuvo en el cambio institucional. Así se marcó una tendencia hacia asumir lo popular, lo nacional, la soberanía y la democracia participativa en crítica al capitalismo salvaje y al neoliberalismo. De esta manera, el trabajo doméstico de la ama de casa que para las políticas burguesas ni siquiera forma parte de la economía siendo invisibilizado como mecanismo reproductor del capital y reducido a la esfera del consumo mediante la distribución del salario del trabajador con su cónyuge (Secombe, 2005); pasa en este Estado Social de Derecho y de Justicia a ser reconocido como acto trabajo constitucionalmente socializado convirtiendo a la figura de la ama de casa en una trabajadora con derechos. En este contexto, Venezuela a diferencia de otros países da un paso al frente al reconocer al trabajo doméstico no remunerado como actividad
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