Atentados a la libertad de información y a los medios de comunicación en Chile

57 se a que su entrevistado se hizo públicamente responsable de sus opiniones sobre Pinochet. La periodista queda detenida en libre plática en la Cárcel de Mujeres de San Miguel. Día 14: Fiscal militar Fernando Torres autoriza a familia de coronel Carreño secuestrado por el FPMR a difundir por medios de comunicación petición de ayuda económica, lo que se califi ca "de excepción”, ratificando prohibición de informar sobre el caso. Día 20: DL.18.662 reglamenta Art. 8° de la Constitución es a probado por la Junta de Gobierno. Establece sanciones pena les a organizaciones, movimientos, partidos políticos y per­ sonas naturales declaradas inconstitucionales, con multas e inhabilidades para ejercer cargos públicos. Las penas se a- plican a personas y medios de comunicación "que difundan opi niones sobre asuntos de alcance politico emitidas por las per sonas naturales que hayan sido sancionadas por el Tribunal Constitucional en virtud del artículo octavo de la Constitu­ ción" . Día 22: Libertad bajo fianza obtienen Marcelo Contreras y Ser gio Marras tras 59 días de prisión, al acoger la Corte Supre ma un recurso de queja por la negativa de la Corte Marcial a darles excarcelación. La Suprema confirma encargatoria de reo y competencia de tribunales militares para procesarlos. Día 23: Ministro M.Aurelio González concedió libertad bajo fianza a Mónica González, la que se hace efectiva tres días después. Día 29: Publicada en Diario Oficial DL 18.662 sobre los efec tos de las sentencias del Tribunal Constitucional por infrac ciones al Art. 8° de la Constitución que proscribe actuacio­ nes de personas marxistas. Ellas no pueden poseer, dirigir, administrar o realizar funciones de difusión en medios de co municación.El art.5o del reglamento sanciona a los que difun dan consignas o se arroguen la representatividad de esos or­ ganismos por algún medio de difusión? se sancionará también a los medios que publiquen o difundan declaraciones de perso - ñas naturales inhabilitadas por Art. 8°.

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