Vocacion por la calidad: Resumen Ejecutivo del Informe de Evaluación Interna

247 • Se rige por los criterios de calidad académica y orientación a la excelen- cia de la Universidad de Chile, teniendo como propósito contribuir a la innovación, al desarrollo y a la equidad en el país, en consistencia con la misión institucional. • Se orienta por principios y valores como la pertinencia programática; la calidad académica y de excelencia; la articulación con otros niveles formativos y ámbitos del conocimiento; el compromiso social; el aporte al desarrollo personal, la innovación en las diversas áreas del desarrollo profesional, la interdisciplinariedad y transdisciplinariedad, y la coope- ración nacional e internacional. • Se define la actividad docente en educación continua como el conjunto de programas formativos universitarios, distintos y complementarios a la formación de pregrado y postgrado, cuyos objetivos son la actua- lización, ampliación y profundización de conocimientos para el desa- rrollo profesional. Particularmente se incluyen en este ámbito; a nivel de postítulo, los Programas o Cursos de Especialización de Postítulo; y a nivel de diplomas, el actual Diploma de Postítulo, más un nuevo tipo denominado Diploma de Desarrollo Profesional. En este marco, destaca el concepto de continuo formativo como la noción articuladora de los distintos niveles y etapas de formación de las personas. cuat ro Creación de la Subdirección de Educación Continua En 2018 se creará la Subdirección de Educación Continua, dependiente del Departamento de Postgrado y Postítulo de la Vicerrectoría de Asuntos Aca- démicos. Su misión será «propiciar el desarrollo y organización de los progra- mas de educación continua en la Universidad de Chile y asegurar su calidad». Entre sus funciones se encuentran: i) la definición, articulación, supervisión de políticas universitarias y procedimientos de los programas e iniciativas de educación continua; ii) la normalización de planes de estudio y reglamentos de procesos formativos de educación continua; iii) el seguimiento a la im- plementación del nuevo marco regulatorio de la educación continua en las facultades e institutos; iv) la regulación y equivalencia de los programas de educación continua en el Sistema de Créditos Transferibles; y v) la definición y aplicación de normas y procedimientos para los procesos de selección, ma-

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