Actas de las I jornadas del régimen jurídico de las aguas
272 permitiendo superar las limitaciones y enfrentar los problemas de estos sistemas complejos 8 . III. ESTADO ACTUAL DE LA GOBERNANZA EnChile, si bien el agua es un biennacional de uso público, la administracióndel recurso recae en los usuarios poseedores de un Derecho de Aprovechamiento de Agua (DAA). El diagnóstico de la gestión de los recursos hídricos en Chile del Banco Mundial (2011) sintetizaba el resultado de este modelo señalando que “la situación de los recursos hídricos durante las tres últimas décadas ha estado menos influenciada por el propio sector del agua que por la estrategia de desarrollo nacional y por las políticas macroeconómicas y de otros sectores”. En este contexto es que toman particular relevancia los modelos de gobernanza que permitan articular los múltiples intereses que recaen sobre la gestión de los recursos hídricos, como también de sus externalidades. En la legislación actual, las Organizaciones de Usuarios (OU) son una instancia de descentralización de algunos aspectos de la gestión de los recursos hídricos, como la captación y distribución del recurso, la construcción, mantención y mejora de la infraestructura hidráulica, y en algunos casos de la fiscalización y sanción, y del levantamiento de la información hidrométrica. Suelen constituirse en torno a secciones de los cuerpos de agua y no a nivel de cuenca, con el principal objetivo de distribuir el agua y administrar conjuntamente los costos de mantención y construcción de infraestructura. Por lo tanto, la capacidad de las organizaciones para resolver conflictos en torno al agua queda referida a un ámbito local e interno a la organización. Estemodelodeorganizaciónseccional conllevaunaumentode laconflictividad entre las secciones de un mismo cauce, ya que las que se encuentran aguas abajo dependen fuertemente de la gestión que hagan del recurso las secciones aguas arriba. El criterio para analizar la disponibilidad de agua y la no afectación de derechos de terceros ocurre también a nivel de sección, de modo que las secciones aguas abajo muchas veces dependen fuertemente de los flujos de retorno, no gestionados, que ocurren aguas arriba, por lo que todo conflicto que pueda suscitarse entre distintas OU, en el modelo actual, debe ser resuelto en los Tribunales de Justicia. Este es uno de los motivos 8 Ibíd.
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