Actas de las I jornadas del régimen jurídico de las aguas

251 3. Convención sobre humedales de importancia internacional (1971) (Convención de Ramsar) En Chile fue promulgada en 1981 y señala en su preámbulo que debido al valor de los humedales como un recurso de gran valor económico, cultural, científico y recreativo, cuya pérdida sería irreparable, es necesario impedir las progresivas intrusiones en éstos 20 . De esta forma, establece en el artículo 4: Artículo 4. 1) Cada parte contratante fomentará la conservación de los humedales y de las aves acuáticas creando reservas naturales en aquéllos, estén o no incluidos en la lista, y tomará las medidas adecuadas para su custodia. En los tratados mencionados es posible verificar la importancia y la valoración que se ha efectuado sobre ciertos componentes del medio ambiente que estaban hasta antes de éstos desprotegidos, dando cuenta de la preocupación internacional de lograr un desarrollo sustentable que permita preservar la naturaleza, protegiendo ciertos elementos que la hacen única en distintas regiones del planeta. Dicho razonamiento ha sido comprendido por Chile, que ha hecho suyas las normas contenidas en aquéllos, dando cuenta de un cambio de enfoque en la política hídrica. No obstante, la normativa nacional sigue siendo muy escueta en la regulación de recursos hídricos desde una perspectiva de valoración ambiental, como ha sido revisado en esta investigación, pese a que las aguas son el componente esencial para el desarrollo de la vida de cualquier ecosistema. Debido a ello se han incorporado estas preocupaciones en la actual reforma del Código de Aguas en trámite, las que se revisarán posteriormente. El balance de la aplicación de esta Convención por parte de Chile es bastante deficitario. Desde hace algún tiempo algunos de los humedales que el Gobierno ha incluido en su listado han estado permanentemente afectados, como son los casos de El Yali (Quinta Región), Batuco (Región Metropolitana) y Carlos Andwanter (Región de Los Lagos). Ello ha quedado de manifiesto en el informe que presentó Chile en la Reunión de la COP/12 de Ramsar, de 2015, según el cual “en la mayoría de los sitios Ramsar se han detectado cambios en la cobertura vegetal, pérdida de biodiversidad, disminución de las superficies lacustres y niveles freáticos”. 20 RAMSAR (1971), p. 1.

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