Actas de las I jornadas del régimen jurídico de las aguas

214 2015 2 . De dicho total, la gran minería del cobre consume 11,8 m 3 /s de agua, la mediana minería del cobre un total de 0,8 m 3 /s, la fundición y refinería 0,5 m 3 /s, y la minería del hierro, oro, polimetálicos y no metálicos 1,2 m 3 /s. A modo ilustrativo, el consumo total de agua en la minería, equivalente a 14,3 m 3 /s, es un flujo inferior a la capacidad del canal San Carlos de la ciudad de Santiago, que es de 20 m 3 /s. Por su parte, con respecto a los sectores productivos, el 8,5% del uso consuntivo del agua corresponde a agua potable, el 6,8% a la industria y el 81,6% al sector agropecuario. La menor demanda de uso consuntivo del agua, dentro de los sectores productivos, es la del sector minero con un 3,1% del total 3 . Las aguas recirculadas corresponden a todos aquellos flujos que son reinyectados al sistema. Éstos pueden ser previamente tratados o no. La tasa de recirculación en minería el año 2011 fue de un 68,7% y el 2015 de un 72,5%. La mediana minería es responsable del 55% del uso de aguas recirculadas 4 . Con respecto al agua utilizada en la minería en general, esto es tanto la gran, mediana y pequeña minería, durante el año 2012, 5,9 m 3 /s correspondieron a aguas superficiales, 5,7 m 3 /s a aguas subterráneas y 1 m 3 /s a agua de mar. Posteriormente, durante el año 2015, se utilizaron 5,6 m 3 /s de aguas superficiales, 6,4 m 3 /s de aguas subterráneas y 2,3 m 3 /s de aguas provenientes del mar. Al respecto, un 3,6% del total de agua consumida por la mediana minería corresponde a agua proveniente del mar, a través de plantas desaladoras y/o a través del uso de agua de mar sin tratamiento previo en la operación. Sobre la base de un catastro de inversión de 2015, se proyecta que para el año 2026 el porcentaje de uso de agua fresca y agua de mar en la minería debiese igualarse 5 . II. MARCO NORMATIVO Dada la gran relevancia que tiene la minería en la economía del país, dicha industria constituye la única actividad económica en nuestra legislación (aparte de las concesiones de energía geotérmica) 6 , que, cumpliendo los requisitos legales, goza de derechos de aprovechamiento de aguas por el 2 COMISIÓN CHILENA DEL COBRE, COCHILCO. 3 DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS (2016), p. 8. 4 COMISIÓN CHILENA DEL COBRE. 5 SOCIEDAD NACIONAL DE MINERÍA de CHILE, con base en catastros de inversión de la Comisión Chilena del Cobre. Presentación de SONAMI (2016). 6 LEY N° 19.657, art° 27, sobre Concesiones de Energía Geotérmica.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=