Actas de las I jornadas del régimen jurídico de las aguas

209 Las Juntas de Vigilancia a través de sus directorios han sido capaces de reconocer las necesidades y oportunidades de cada tipo de uso, logrando una administración armónica del recurso. Así, aquéllas que cuentan con obras de regulación las utilizan para el acopio de aguas, regulación de curva de caudales, mejoramiento de dotaciones en épocas de sequía, aseguramiento del agua potable a través de acuerdos de cuenta corriente entre agricultores y sanitarios, etc. Puedo señalar que en general los conflictos suelen resolverse a nivel de directorio y no trascienden a los tribunales, cuestión que no sucede en aquellos casos de titulares que intentan operar al margen de la institucionalidad de las juntas o con participaciones ad-hoc no formalizadas. IV. AGUAS SUBTERRÁNEAS En el camino de la integración de los usos se ha sumado otro actor, el de las aguas subterráneas. Este es un capítulo que se avizora largo y no exento de dificultades, que se derivan de la naturaleza de las aguas subterráneas y su interdependencia con las aguas superficiales. Si bien el legislador ha querido que las aguas subterráneas se integren a las Juntas de Vigilancia, es preciso resolver previamente varias problemáticas que se presentan en el manejo integrado. Para ello deberemos despejar varias preguntas, cuyas respuestas arrojarán efectos jurídicos diversos, tales como: ¿Cuál es la naturaleza de las aguas subterráneas?, ¿son éstas asimilables a los derrames?, ¿existe independencia entre las aguas superficiales y subterráneas?, ¿restringen las aguas subterráneas en alguna forma los derechos superficiales, o viceversa?, ¿las ineficiencias producidas en la distribución de las aguas superficiales benefician la recarga del acuífero?, ¿qué se entiende por cauce natural en el subsuelo?, ¿qué pasa con los acuíferos que superan los límites de una sección superficial?, ¿es necesario formar una comunidad de aguas subterráneas, también conocidas como CASUB, previo a su incorporación a la Junta?, etc. Todas las interrogantes anteriores no están resueltas, ni a nivel técnico ni a nivel legislativo, y responderlas aquí excede por mucho esta presentación. En el ámbito técnico podemos señalar, por ejemplo, que existen especialistas de la hidráulica que postulan que los acuíferos subterráneos son en realidad embalses naturales y que deben ser aprovechados y manejados como tales. Para ello proponen una mayor intervención de éstos de modo de aprovechar su capacidad para acopiar aguas que vengan desde la superficie y que éstas no se pierdan en el mar. Otros, en cambio, hablan de equilibrios sustentables del acuífero, es decir que la extracción de aguas no supere la recarga natural, de modo tal de mantenerlos en un equilibrio y nivel constante, descartando con ello utilizarlos como embalses de aguas superficiales. En el ámbito

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=