Actas de las I jornadas del régimen jurídico de las aguas

169 Un segundo reto lo representa el marco legal constitucional, el cual, por una parte, en su artículo 4º reconoce el derecho humano al agua y su manejo con participación de las tres esferas gubernamentales y la ciudadanía; por otro lado, en su artículo 27 establece al recurso hídrico como competencia federal, así como la propiedad de la Nación de los ríos, lagos, lagunas y las aguas del subsuelo, etc., y finalmente en su artículo 115 lo contempla como servicio público municipal. Además de la legislación secundaria en materia hídrica del ámbito federal y lo que respecta al servicio público del ámbito local. Un tercer reto lo constituye el que se vislumbre al agua como un recurso que proviene de la naturaleza, escaso, finito y fundamental para la vida, los ecosistemas y la soberanía alimentaria. Lo anterior nos lleva necesariamente a la Gestión Integrada de Recursos Hídricos (GIRH), que si bien está incorporada en la Ley de Aguas Nacionales, no ha sido internalizada en su administración. Lo anterior significa que en materia de aguas, las reformas constitucionales de derechos humanos en México implican leyes secundarias con perspectiva de derechos y como forma de administrar los recursos hídricos, la GIRH. La GIRH, en términos del artículo 3º, fracción XXIX de la Ley de Aguas Nacionales, está definida como: Gestión Integrada de los Recursos Hídricos: Proceso que promueve la gestión y desarrollo coordinado del agua, la tierra, los recursos relacionados con éstos y el ambiente, con el fin de maximizar el bienestar social y económico equitativamente, sin comprometer la sustentabilidad de los ecosistemas vitales. Dicha gestión está íntimamente vinculada con el desarrollo sustentable. Para la aplicación de esta Ley, en relación con este concepto, se consideran primordialmente agua y bosque. En este tenor, en materia de aguas, tenemos un sistema sustantivo basado en derechos y un sistema orgánico basado en la gestión integral de recursos hídricos, es decir, incluye agua y territorio y los recursos asociados a éstos y al desarrollo sustentable. VI. CONCLUSIONES Podemos aseverar que las problemáticas del recurso hídrico tales como contaminación, sobreexplotación, deficiente cobertura en el ámbito rural y urbano, insuficiente saneamiento, entre otras, contenidas en los tres programas sectoriales analizados líneas arriba, revelan un agudizamiento de

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