Modelo Educativo

57 REFERENCIAS Magíster y Doctor Se requerirá estar en posesión del grado de licenciado en un área del conocimiento o de una disciplina determinada como condición habili- tante para la continuación de estudios académicos superiores condu- centes a los grados de magíster y doctor. Certificación complementaria Cada Facultad podrá́ entregar a sus estudiantes una certificación in- termedia, si el plan de formación así lo establece expresamente en el reglamento específico, cuando se logren las competencias estableci- das para estos fines. El plan de formación de un estudiante podrá́ incluir una certificación complementaria, si el estudiante logra una aprobación de un mínimo de 30 créditos, logrando así ́ciertas competencias específicas en una temática diferente a la de su carrera principal. Podrán considerarse como créditos válidos para estos fines actividades formativas genera- les, básicas y complementarias, que constituyan requisito para el logro de la certificación complementaria y que el estudiante haya seleccio- nado como actividades electivas y/o de libre elección. Cada Facultad deberá informar anualmente a la Vicerrectoría de Asun- tos Académicos la oferta de actividades conducentes a una certifica- ción complementaria, estableciendo su nombre, las actividades cu- rriculares que incluye, el número de créditos y los cupos disponibles. La certificación complementaria será́ entregada por la Facultad o por la unidad académica donde el estudiante curse la mayor parte de los créditos que conforman esta certificación.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=