El Derecho Consuetudinario en la gestión de riesgo en Chiapa. Las aguas del Tata Jachura

144 comunidad de la sanción de los entes tutelares. De ahí la serie de relatos que la tradición oral se encarga de mantener vivo en la memoria de los pobladores donde el Tata Jachura “ha cobrado” . Pero también es cierto que la fortaleza de la norma que descansa en una relación solidaria entre la exigencia productiva y la creencia en el poder de los seres tutelares (que además son los que contienen el recurso preciado: “el Tata Jachura está sentado sobre el agua” ), se ha visto debilitada a raíz de la merma en el número de regantes y por tanto en la disponibilidad de personas para llevar adelante las actividades requeridas por el sistema para su man- tenimiento. Hoy la sanción, si bien sigue estando presente en cuanto a su enunciado formal entra en una fase de relativización al momento de aplicarla al existir un número limitado de individuos para ejecutar las labores y/o los que permanecen tienen dificultades para cumplir las exigencias, ya sea por un tema de edad o por la ausencia de personas que puedan concurrir en su reemplazo a las actividades. Hoy el ceremonial parece ser más una invocación a seguir contando con el favor de la na- turaleza (pacha mama) y seres tutelares, que un mecanismo que refuerza la norma y la costumbre. Por último, relevar la figura de una autoridad reconocida por la comuni- dad: el Alcalde de aguas, quien continúa rodeado de una ritualidad cuya investidura conlleva el principio de justicia y reciprocidad del mundo andino. Ello da cuenta de una forma de vida, de identidad compartida, un vínculo especial en un territorio que une diversos poblados en torno a una fuente de agua. El conocimiento, que modestamente, se ha entre- gado, espera ser una contribución a la comprensión del pluralismo y la diversidad existente en nuestro país. Y con un carácter más ambicioso, continuar los estudios de derechos propios o consuetudinarios con mi- ras a comprender el pluralismo jurídico, el derecho consuetudinario o propio como formas normativas que se resisten a desaparecer, formas “de resistencia”, ante un derecho estatal que busca formas de penetra- ción, con el elogio de la modernización, y la incertidumbre del futuro de la sociedad rural.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=