El Derecho Consuetudinario en la gestión de riesgo en Chiapa. Las aguas del Tata Jachura
140 tipo técnico (mantenimiento y/o reparación de vertientes, bocatoma, canales y estanques). El sentido de propiedad privada sobre la cantidad de agua que cada regante controla y que pone de manifiesto la ausencia de control de la comunidad sobre aquella queda evidenciada en el respeto irrestricto al orden de las mitas durante la época de riego aunque la persona propie- taria de la mita no esté presente (ausencia de cultivo); la cantidad de agua asociada a la mita es retornada a la quebrada ( “botada” ) no siendo empleada por otro regante. Pero también hay evidencia de cómo la mita ha transitado hacia una esfera mercantil. Nuevamente la etnografía pone de manifiesto la nece- sidad de explicar los fenómenos que acontecen al interior de la comu- nidad en directa relación con los procesos que ocurren más allá de sus “límites”. Adicionalmente este hecho debe ser analizado en la relación con otras dimensiones de la vida comunal: las fiestas religiosas y los re- querimientos de recursos para su realización. La conjugación de diversas circunstancias transforma a la mita en una mercancía o la acercan a esa condición. Personas que debían pasar un cargo en la iglesia al no contar con los recursos necesarios se vieron en la necesidad de entregar a los comerciantes foráneos que se habían avecindado en el pueblo –como quedó en evidencia en los antecedentes históricos en un número parece significativo– sus mitas en prenda a cambio de dinero; al no poder can- celar la deuda aquellos se las quedaban y procedían a arrendarlas para su beneficio. En la actualidad las mitas son objeto de compra y venta, de arriendo, y se transforma en un mecanismo que tiene la organización de regantes ( venta de mita , en rigor la cantidad de agua que ella encierra por un periodo determinado) para obtener ingresos para la adquisición de materiales para la reparación de la infraestructura de riego (por ejem- plo, compra de cemento para reparación de la secciones del canal). Lo anterior da paso a una interrogante en torno a cómo están operando en este espacio dos formas de derecho: el consuetudinario y el positivo. La relación parece que se resuelve conjugando lo formal institucional (occidental) con lo real consuetudinario, donde el primero parece tener
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