El Derecho Consuetudinario en la gestión de riesgo en Chiapa. Las aguas del Tata Jachura

139 De modo general, se sostiene que se está en presencia de un fenóme- no que puede caracterizarse a partir de la tensión entre persistencia y cambio en una comunidad andina; o, dicho de otra forma, lo que per- manece cambiando. El sistema de riego refleja, por un lado, una orga- nización que descansa en el control comunitario del agua, algo que no puede hacerse extensivo a la tierra toda vez que no existen áreas donde el control de la misma sea comunitario prevaleciendo sobre ella la idea de propiedad individual y privada. No obstante, frente al tema del con- trol en el caso del agua se debe distinguir dos situaciones estrechamente relacionadas pero distintas: en rigor cada regante para hacer efectivo su derecho a agua, que queda expresado claramente en la noción de “mita”, debe someterse a los dictados de la comunidad que a su vez se expresa en la figura de la organización de regantes. Se puede sostener que el agua aparece como un recurso comunitario en su nacimiento, conducción y distribución (aspectos que comprometen la infraestructura) pero que adquiere el carácter de privada en cuanto a la cantidad de que dispone un regante, cantidad que pudo haber heredado, comprado u obtenido mediante otros arreglos establecidos entre regantes. Esto es particular- mente relevante en el caso de Chiapa toda vez que la comunidad no tiene inscritas las aguas (como un todo) ante los organismos institucio- nales correspondientes pero sí ha existido una preocupación por hacer presente esta condición ante aquellas instancias en el caso de las mitas; quedando estas bajo la figura de agua de propiedad de tal individuo. La concepción de mita como una unidad de medida y propiedad de agua, cuya existencia en Chiapa no queda del todo clara en cuanto a su origen, aparece como una forma que escapa a restricciones que emanan de otras instancias comunales, como lo pone de manifiesto la etno- grafía de otros poblados andinos en los que el acceso al recurso estaba condicionado por el cumplimiento de cargos en la iglesia, por ejemplo. Queda la impresión de que la mita sustrae a los individuos de obliga- ciones extra sistema de riego; es este el que establece las condiciones y obligaciones para cada uno de los miembros que lo integran, y aquellas quedan claramente delimitadas por exigencias fundamentalmente de

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