El Derecho Consuetudinario en la gestión de riesgo en Chiapa. Las aguas del Tata Jachura

117 en curso, en punto denominado Pisaguire y Gevane. Así varias veces. 2° Don Florentino Calle, también a hecho un perjuicio en Chapieza con las cabras 3° Con fecha 14 de marzo. Don Angel Baltazar burros y corderos en la acequia de “Amaigate. 4° Con fecha 14 de marzo. Don Benito Supanta por tener los burros amarrados en la acequia que va para Jaiña llama- do “Amaigate, En Chiapa a días 5 de Abril de 1957 Fue comprobado Don Agustín Cayo por pastorear en la acequia denominada Pisaguire Testigo fue la señorita Felisa Chanes Por no saber firmar pongo impresión digital derecha Felisa Chanes Con fecha 7 Abril del año 1957 Pagó la multa de $500 pesos don Agustín Cayo por aber [sic] hecho perjuicio en la acequia según consta en el libro de Acta. Con fecha 9 de Abril Se notificó a Don Benedicto S. Tam- bién se castigó a Don Benedicto Supanta con dos días de trabajo en la rinconada de guatajpaya, por tener burros y corderos amarrados en la acequia. Con fecha 9 de Abril Se presentó ante el juez de agua. Y dio su declaración. Si por dos veces amarrados los animales en la acequia de Sanaguisa. Y se obliga a pagarlos $500 pesos de poco a poco. [sic] Como queda consignado en el registro, se hace una denuncia, por haber hecho perjuicios en la acequia, lo que afecta la distribución y calidad del agua. El hecho de tener animales amarrados o pastorearlos en las acequias o cercanos a ellas implica un perjuicio para estas. Se notifica a los denunciados para que se presenten ante el juez de agua a dar su declaración. Una forma de probar los hechos es a través de testigos que dan fe de lo que se denuncia Las sanciones aplicadas se traducen en tra-

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=