El Derecho Consuetudinario en la gestión de riesgo en Chiapa. Las aguas del Tata Jachura
110 no lo ejercerá ella sino que la representará su hijo. A ella le correspondía y debía ser cumplido el cargo. III) Un relato de una comunera da cuenta de esta forma de elegir: “Proponían al candidato a Alcalde en forma democrática, y mis padres decían a este ya le tocó, ahora le toca al otro (existía obligatoriedad de cumplir este cargo). Han tenido derecho a voto los que están regando. Se tomaba en cuenta a todos los regantes, ganaba por mayoría…” Habían otras decisiones que toman los propietarios: donar un tiempo de sus aguas, pagos por cumplir ciertas funciones como cargos de mayordomías (asumir la celebración de un santo patrono), o como contraprestación por un servicio para la comunidad, o directamente su venta. Los regantes con derechos de agua, tenían el manejo concreto de las aguas del Tata Jachura que surte al principal canal de la quebrada. IV) En dicha reunión, el animero hizo una solicitud, que en definitiva no fue aprobada por los propietarios; pero da cuenta de la importancia de la instancia para pedir dicha colaboración y, por tanto, se pueden acordar en ella y por la asamblea. Responsabilidades de las autoridades En el Libro de Actas también se da cuenta de las responsabilidades de las autoridades del riego; del Alcalde, secretario, fiscal y de las sanciones a su incumplimiento. Por ejemplo respecto del Alcalde: En Chiapa, 4° Distrito de la subdelegación Negreiros, De- partamento de Pisagua, los propietarios de Chiapa, Jaiña e Illaya, reunidos en la Inspección bajo la presidencia del inspector acordaron destituir al Alcalde por no haber cum- plido con su obligación tal como lo indica en el acta o sea reglamento del año 1948. Pues el presidente se expreso dijo a todos los propietarios yo presideria [sic] esta reunión conforme que dice el acta del año 1949 que es acordado por los propietarios.
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