El Derecho Consuetudinario en la gestión de riesgo en Chiapa. Las aguas del Tata Jachura

102 actual normativa de 1981. De esta forma, en las anteriores regulaciones de aguas se vincula el riego al predio sin poder enajenar separadamente; no se norma contra la costumbre respecto de los turnos, por ejemplo. Lo anterior tiene relación directa con la gestión del territorio e influen- ció instituciones de derecho indiano de aguas en América: el sistema de turnos o mitas, relacionado con la división de las tierras y partición de las aguas, y también el sistema de autoridades en torno al agua, para darle cumplimiento y aplicación a esta regulación y derechos. A conti- nuación se abordarán ambos aspectos en su manifestación en las prácti- cas y derecho existente en Chiapa. Derecho propio en Chiapa En esta línea de reflexión sobre concepciones sobre el derecho propio y el agua de la quebrada de Chiapa es pertinente atender al hecho de que estamos frente a un derecho de agua en comunidades campesinas in- dígena que se caracteriza por reproducir combinaciones particulares de elementos de varias fuentes normativas y formas organizacionales (ofi- ciales y no oficiales) que interactúan en cada sistema de riego (Boelens, 2009, pág. 21). Lo cierto es que el derecho propio o consuetudinario es un concepto que representa una abstracción necesaria para la investigación, pero que tiene múltiples concreciones en cada pueblo y sociedad, y es insepa- rable de la cultura, compartiendo con ella el cambio, el dinamismo, la adaptación. Este derecho alude a sus propios sistemas normativos y formas de ejercer el control efectivo sobre las tierras, territorios y recur- sos naturales. Sólo el conocimiento de la existencia de estos derechos diversos, permitirán una forma de aproximación al pluralismo jurídico, fundamentado, en este caso, sobre la existencia de sistemas normativos indígenas (Rodríguez-Piñero, 2006, pág. 190). El presente estudio se ha centrado en el campo normativo donde un conjunto de relaciones sociales y culturales manifiestan el derecho de aguas en comunidades indígenas campesinas. Destacan en el derecho propio de la quebrada de Chiapa el funcionamiento de dos aspectos normativos: sistema de

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