Observaciones a la lei electoral vijente: memoria de prueba para optar al grado de Licenciado leida ante la comision universitaria por Arturo Prat Chacon
- 3G - nicipalidades i no entrar en funciones mientras no hubie– ran cnncluido las elecciones de ese año, desde el l.º de agosto por ejemplo, hasta la misma fecha del trienio si– guiente, de manera que no entendiese sino en las eleccio– nes venideras. Por este medio el jurado seria elejido con tres años de anticipacion i no en el momento en que todos los partidos han definido su situacion enrolándose en las filas que con– vienen a sus aspiraciones i en que la pasion política se desborda. En estas circunstancias el partido que cuenta con medios de obtener mayoria eu el jurado trata de for– marlo, no conforme corresponde al augusto ministerio que ha de desempeñar sino para que sirva a sus intereses. Elejido con tanta anterioridad i sin poder prever las evoluciones de los partidos en tan largo tra'3curso de tiem– po, ni su actitud en la futura eleccion, éstos se afanani.n no en enviar a los jurados partidarios sin escrúpulos, que an– dando el tiempo pueden ser su propio azote, sino hombres de probada honradez con cnya impat'cialidad pueda con– tarse aun en el caso de tenerlos por adversarios. A mas, efectuados estos nombramientos en personas honorables la dignidad de su puesto les retraería de tomar parte acti– va en las luchas eleccionarias, alejándolos así del campo ardiente de la política que con frecuencia estravia el me– jor criterio. Hemos terminado el exámen que a grandes rasgos nos habíamos propuesto hacer de la lei de elecciones vijente. Buena eu el fondo, tiene necesidad de sérias e importan– tes reformas en materia de reglamentacion para alcanzar el alto objeto a que est.á destinada: ser garantía eficaz de que el resultado de las urnas sea la fiel espresion de la voluntad nacional. Santiago, julio 26 de 1876. ARTURO PRAT.
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