Informe país Estado del medio ambiente en Chile: Comparación 1999-2015
565 TERCERA PARTE UNIVERSIDAD DE CHILE | 2016 GRÁFICO 1.4: Expedientes de fiscalización SMA por región. Período 2013-2016. Fuente: Sitio internet oficial del SNIFA/SMA En la evaluación del desempeño ambiental de Chile (CEPAL/OCDE 2016) se establece que, no obstante la Superintendencia del Medio Ambiente dispone de una amplia gama de mecanismos administrativos de fiscalización, su capacidad de acción es muy limitada. El marco institucional de la fiscalización del cumplimiento de las normas sigue estando muy incompleto lo que obliga a la SMA a recurrir a las autoridades sectoriales competentes para fiscalizar el cumplimiento de las reso- luciones de calificación ambiental, lo que dificulta la posibilidad de asegurarlo. Además, en dicha evaluación se enfatiza que, a diferencia de la mayoría de los países miembros de la OCDE, en Chile no se aplican sanciones penales por delitos ambientales. 1.3.3.2 Tribunales Ambientales El informe reciente de CEPAL/OCDE sobre el desempeño ambiental de Chile destaca que “la creación de tribunales am- bientales ha ampliado al acceso a la justicia y reforzado el derecho a impugnar las decisiones de las instituciones ambientales —incluidas normas, decisiones de las evaluaciones de impacto ambiental y medidas de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente—, y a procurar que se adopten medidas de restauración del medio ambiente. En principio, los numerosos litigios medio ambientales demuestran que en Chile existe un efectivo acceso a la justicia. Sin embargo, en la prácticael costo de la asesoría jurídica suele impedir dicho acceso a organizaciones nogubernamentales y a particulares.” Como se anticipó, la nueva institucionalidad ambiental, a seis 6 años desde la publicación de la Ley 20.417, aún no ha sido completada. En el caso de los tribunales ambientales, todavía no ha podido crearse el Primer Tribunal Ambiental que debía
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