Informe país Estado del medio ambiente en Chile: Comparación 1999-2015
562 INSTITUTO DE ASUNTOS PÚBLICOS | CENTRO DE ANÁLISIS DE POLÍTICAS PÚBLICAS INFORME PAÍS ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE EN CHILE Si bien la ley 20.600 estableció la creación de tres Tribunales Ambientales, en Antofagasta, Santiago y Valdivia, a la fecha se han constituido sólo dos: el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago con jurisdicción en las regiones de Valparaíso, Metropolitana, Libertador Bernardo O’Higgins y del Maule y el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia con jurisdicción en las regiones de Biobío, La Araucanía, los Ríos, Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y Magallanes y La Antártica Chilena. El Primer Tribunal de Antofagasta no se ha constituido por lo que, hasta que no entre en funcionamiento, el Segundo Tribunal también será competente en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo. Los Tribunales de Santiago y Valdivia comenzaron sus funciones el año 2013 y aún se está en la espera de la aprobación del Segundo Tribunal asentado en Antofagasta. 1.3.3 Avances y retrasos en la implementación de la nueva institucionalidad Según el informe sobre desempeño ambiental citado (CEPAL/OCDE 2016), la capacidad humana y técnica de las institucio- nes ambientales habría aumentado significativamente, pero todavía no alcanza el nivel requerido para llevar adelante sus funciones con eficacia. El informe establece que resulta fundamental mejorar la cooperación interinstitucional a nivel na- cional y con las autoridades locales para garantizar la eficacia a la hora de ejecutar las políticas públicas y aplicar las leyes. Por otra parte, el informe en referencia enfatiza que es preciso fortalecer aún más la base de información utilizada para fundamentar el proceso de toma de decisiones relativas al medio ambiente. El primer estudio amplio llevado a cabo por Chile sobre las erogaciones en materia ambiental revelo que el 0,5% de todos los gastos efectuados en 2012 por los orga- nismos del gobierno central (equivalentes al 0,1% del PIB) se destinó a proteger el medio ambiente. Chile debería rever en forma sistemática sus gastos ambientales a fin de evaluar con mayor precisión la eficacia y eficiencia de las erogaciones 7 . 1.3.3.1 Superintendencia de Medio Ambiente En el marco de su mandato y potestades, la Superintendencia de Medio Ambiente bajo ha emitido las variadas resolucio- nes que se listan a continuación, entre otras: • Normas de carácter general sobre la remisión de los antecedentes respecto de las condiciones, compromisos y me- didas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental (2012)as Re • Normas de carácter general sobre entidades de inspección ambiental y validez de reportes (2013) • Aprobación de “Protocolo para validación de sistemas de monitoreo continuo de emisiones (CEMS) en Centrales Ter- moeléctricas (2013) • Normas de carácter sobre el procedimiento de fiscalización ambiental de normas de calidad, normas de emisión y planes de prevención y/o descontaminación (2013) • Normas de Carácter General sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Am- biental (2013) • Dicta instrucciones de carácter general sobre reportes trimestrales establecidos en norma de emisión de centrales termoeléctricas. (2014) • Aprueba “Protocolo para validación de sistemas de monitoreo continuo de emisiones[CEMS] en plantas de celulosa” (2015) 7 Las fuentes de estos análisis citada por CEPAL/OCDE es la siguiente: Dirección de Presupuestos (DIPRES), “Estado de operaciones del gobierno central 1990-2014”, Santiago, 2015 [en línea] www.dipres.gob.cl/594/w3-propertyvalue-15494.html ; y Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)/Ministerio del Medio Ambiente (MMA), “Estimación del gasto público en protección ambiental en Chile” (LC/W.655), Santiago, 2015.
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