Informe país Estado del medio ambiente en Chile: Comparación 1999-2015
411 MINERALES E HIDROCARBUROS UNIVERSIDAD DE CHILE | 2016 En los 19 años transcurridos desde el inicio de la Evaluación de Impacto Ambiental por parte del Estado, primero la Comi- sión Nacional del Medio Ambiente, Conama, y posteriormente el Servicio de Evaluación Ambiental, formaron un cuerpo de profesionales con conocimiento ambiental los numerosos EIA que son presentados en todo el territorio. En este período la organización del Estado en torno al manejo ambiental se modificó profundamente, primero con la Ley de Bases del Medio Ambiente en 1994, y posteriormente con la dictación de la Ley 20.417 en 2010 modificatoria de la Ley de Bases. La Ley 20.417 dio origen a nuevas instituciones, entre ellas el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental, la Superintendencia Ambiental y los Tribunales Ambientales. Se crearon también numerosas normas de calidad, planes de descontaminación y de prevención. Al mismo tiempo que ocurrían estos fenómenos, el país se hizo más rico con respecto a 1999, aumentando el PIB per cápita medido en moneda constante en 53,4% 3 , dejándolo en 2015, a las puertas de niveles económicos que son considerados de países desarrollados. Desde 1997 a 2004 el promedio de tiempo de evaluación de los nuevos proyectos mineros fue en promedio 209 días (Zegarra, 2016). El progreso económico y social del país junto a bajos índices de desempleo (Meyer, 2016) llevó a su po- blación a ser mucho más exigente en la protección del medio ambiente después de 2004. El mayor número de normativas ambientales y a las exigencias del personal del SEA llevó a aumentar el periodo de evaluación de estos nuevos proyectos mineros a 850 días en 2015. Según la Tesis de Zegarra, la duración de las evaluaciones estaba directamente correlaciona- da con el número de preguntas formuladas por la autoridad ambiental al mandante. El análisis de los 39 nuevos proyectos mineros que se consideró en el estudio llevó a concluir que la prolongación del período del tiempo de las evaluaciones no se debió a la complejidad ni tamaño de los proyectos, sino a los otros factores indicados. Es importante agregar que la duración promedio de los proyectos mineros de cobre es la más alta entre todos los proyec- tos mineros del mundo. Esta alcanza más de 11 años entre el momento en que se realiza la ingeniería de perfil y la puesta en marcha de los proyectos, superando en 22% a su seguidor más cercano, el hierro (CRU, 2014). Si bien lo que afecta a los proyectos mineros de cobre es un fenómeno global no hay que olvidar que más de un tercio de los proyectos nuevos en los últimos 25 años se ha llevado a cabo en Chile. Proyectos que toman más tiempo cuestan más, lo que significa que Chile ha tenido un impacto muy significativo en el encarecimiento de los proyectos mineros de cobre, y consecuentemente en la pérdida de competitividad de estos. A la vez el número de recursos de protección y causas administrativas que terminaron siendo resueltas negativamente tanto en la Corte Suprema como por el Consejo de Ministros creado por la Ley 20.417 fue importante desde 2012 en ade- lante (Fallo de la Corte Suprema sobre Central Termoeléctrica Castilla, 28-08-2012; Fallo Corte Suprema sobre proyecto El Morro, 8-10-2014; Fallo Corte Suprema sobre el tranque de relaves El Mauro, 21-10-2014). Estos tres casos fueron fallados debido a la oposición de comunidades aledañas a estos tres proyectos. En el caso de la Central y Puerto Castilla, ambos muy importantes para la minería, fue la pequeña comunidad de Totoral ubicada a unos 20 km al suroeste de la Central/Puerto, con menos de 200 habitantes, la que no alcanzó acuerdo con el proyecto y determinó, en última instancia, el fallo de la Corte Suprema. En el caso de El Morro, fue la Comunidad Agrícola “Los Huasco Altinos”, de origen Diaguita, la que causó, en dos ocasiones, la invalidación del RCA del proyecto por parte de la Corte Suprema. Y en el caso del tranque El Mauro, perteneciente a la empresa Minera Los Pelambres, fue una parte de la comunidad de Caimanes, situada a 8 km aguas abajo del tranque, con población total de 1.200 personas, la que logró un fallo de la Corte Suprema en 2014 que permitió, en definitiva, que ese grupo de la comunidad obtuviera compensaciones por parte de Minera Los Pelambres. El mensaje entregado por la Corte Suprema en estos tres y varios otros casos desde 2012 en adelante fue clarísimo. En todos los casos en que un proyecto, no importando sus dimensiones, tuviese discrepancias con las comunidades vecinas, aunque estas fueran exiguas en población, se respetaría el derecho de estas últimas, consagrado por la Constitución 4 . En el 3 Base de datos del Banco Mundial. 4 El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. Artículo 8 de la Constitución de Chile.
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