Cosmografía y otros escritos de divulgación científica

Apéndice c1p10 en todas sus deliberaciones, le tendrán muy especial- mente en consideración cuando se trate de costear la expe- dición referida, ya se haga a suscripción del vecindario, o ya mediante otros arbitrios que la. Junta considere preferi- bles, y que anticipadamente pondrán en noticia de la Central. N. 4. -La Junta meditará de antemano sobre los medios de conservar el fluido vacuno bajo su custodia y responsa- bilidad, practicándose vacunaciones públicas de nueve en nueve días, por un operario que reúna los conocimientos y destreza posibles. N. 5. -Verá igualmente qué arbitrios pueden adaptarse para conseguir que ocurran a vacunarse todas las personas que lo necesiten; para establecer una oportuna y activa circulación del fluido en los Pueblos circunvecinos, teniendo a la mira su población y sus recursos : para que haya un justo balance entre el número de nacidos y el de vacunados; para gratificar al vacunador, sea de las rentas municipales, cajas de comunidades de Indios, &., sea por la contribución Individual de los que reciban el beneficio, detallando la cuota que en este caso estimen proporcionada, y la diferen- cia que consideren deba hacerse entre las varias clases; y por último tratará sobre cuanto crea conducente a realizar las intenciones del Soberano, proponiéndolo todo a la Junta Central. N. 6. - Será uno de los principales cuidados de la Junta que todos sus Individuos conspiren con su influencia pública y personal a remover los obstáculos que una vanidad insen- sata, la Ignorancia, y las preocupaciones más vergonzosas ha opuesto en muchas partes a la organización y subsistencia de una rama tan interesante a la Población y a la humanidad. 687

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