Los constituyentes de 1925

Seminario de Derecho Público blea Coostituyente de rn25, motivo que le impidió actuar en forma activa en su discusión, como habría sido su dese:i. En la actualidad vive dedicado a las obras sociales y de– sempeña el cargo de Director de la E scuela de Artesanos de Sastreria. II "Yo no me considero como constituyente del 25, porque si bien es cierto que fuí nombrado, a última hora, sólo alcance a a concurrir a una o dos sesiones." III Su opinión sobre los diversos problemas constitucio– nales, es la siguiente : "1) Considero que nuestra Constitución Política es ex– cesivamente presidencialista. o sea, que confiere demasiad::is atribuciones al Poder Ejecutivo, en desmedro de las faculta– des del Congreso. aú'n en sus funciones especificas, como son las legislativas. En efecto. si consideramos el mecanismo C"ns– titucional detinado a la formación de las leyes, encontramos que la participación del Ej ecutivo es preponderante, no sólo en cuanto a la iniciativa. sino en todo el proceso de formación, hasta su despacho oor el Congreso. En seguida queda al EiP– cu1.ivo el derecho de veto con el cual asegura el nredominio de su opinión sobre l::t mayoría del Cuerpo Legislativo. De es– te modo considero lesionada la atribución nrincipgl de este po– rler que, sólo en parte y más bien como colaborador que en ca– lidad de autor, contribuye a la formación de las leyes que, lo r epito. cons'tituye la raa;ón de ser de su ex;stencia. Estimo. pues, que los reformadores del año 25 extremar,m su celo en darle facultades al Ejecutivo y que en su legítimo deseo de quitar a los congresales per sonalmente y ::tl Congreso mic:mo tal vez. su ilegítima y desmedida intromisión en la ad– ministración del Estado, se fueron al lado opuesto, hasta lle· irar a producir una verdadera subordinación de un poder a otro. Me parece que el ideal sería un verdadero equilibrio entre las atribuciones de ambos poderes. con su campo de acción defini– do y bien marcado, donde cada uno pudiera jugar libr€mente su rol, sin sometimiento de su voluntad ni desmedro de sus le– gítimas atribuciones. No debemos olvidaT que ambos t ienen su origen popular y que r epresenta.n la soberanía de la Nación. Se ve claramente que los Constituyentes del año 25, y en especial su protagonista, quisieron terminar con la anarquía narlamentaria que vino creándose desde el 'triunfo de la revo– lución del 91, has1ta alcanzar límites intolerables. ) 66 (

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