Los constituyentes de 1925
Los Consf;i,tuyentes de 1925 En el diccionario de libros, de que es autor el presbítero don Emilio Vaisse (Omer Emeth), figuran 94 trabajos del se– ñor Amunátegui, pero todos ellos posteriores a 1915. Don Juvenal Hernández, en un estudio que lleva por título "Don Domingo Amuátegui Solar; Su Vida y sus Obras", pu– blica un Anexo relativo a un breve ensayo de una. bibliogra– fía de libros y folletos que abarca desde '1876 hasta 1935 y que contiene 85 títulos. II Don Domingo Amunátegui Solar. en su calidad de miem– bro de la Subcomisión de Reformas Constitucionales, asisti6 a 32 de las 33 sesiones celebradas por ella, faltando sólo a la de– cimosexta. Formó parte, también. de la Comisión Consultiva. Intercedió en gran número de debates, especialmente en aquellos que se refieren a la libertad de enseñanza y a la sepa– radón de la Iglesia y del Estado. En efecto, en la vigésimo– cuarta sesión, en que se trat6 el punto de las relaciones que mantendrf.a el Estado con Ja Iglesia, pidió que se dejara cons– tancia en el acta el homenaje de respeto y de cariño que todos los miembros de la Comisión tributaron al Pres-idente de la República y al Ar~obispo de Santiago. don Crescente Errázu– riz. por la manera tan elevada en que llegaron a un acuerdo de perdurable memoria, y por los beneficios que ello significarb al pais. Es de opinión que, cuando la Cámara trata asuntos de im– oortancia, la censura afecta a todos los MinistrOl'; y también al Presidente de la República. Castigar a un sólo Ministro P.S. a su juicio, inconducente, porque los demás Secretarios de Esta– do, y aún el mismo Presidente, se sentirían también afectados por la censura. En la vil!"ésimotercera sesión, se encomendó a los señores Amunátegui Solar, Enrique Oyarzún y Carlos Vicuña Fuen1es, las correcciones gramaticales y de estilo del proyecto Constitu– cional, labor, de por sí, muy delicada. III El señor Amunátegui, considera que la Carta Política de 1925 es la me.ior y más completa que ha tenido Chile desde que naci6 a la vida republicana. Entre las razones que aduce para sentar este juicio figuran nueve, aue consignó en su libro "El Progreso Intelectual y Político de Chile" (1936.-Editorial Nascimento). Ellas son, literalmente transcritas: "1°.-La separación de la Iglesia y del Estado". "El artículo 10 (número 2) aseguró a los habitantes de la República "la manifestación de todas las creencias"; y queda• )49(
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