Los constituyentes de 1925
Los C<mstituyentes de 1925 Descentralización Administrativa. Art. 107.-Las leyes confiarán paulatinamente a los orga– nismos p1 ov;nciales y departamentales, las atribuciones y fa– cultades admmiinistrativas que ejerzan en la actualidad otras autoridades con el fin de proceder a la descentralización de la administr ación interior, y establecerán una completa coordina– ción entre los servicios locales y los generales. En todo caso, la fiscalización de los servicios de la provin. cia, corresponde a la Asamblea Provincial y la supervigilancia superior de ellas, al Presidente de la República. ) 281 (
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