Los constituyentes de 1925

Los Constituyentes de 1925 "Ahora bien, las libertades ciudadanas, las libertades in– d,vidua1es, ¿esta11 garantizadas en la Constitución? E1las es– tan garanu.1.adas por 1a obllgación que pesa sobre el Presiden. te de la .l:tepuolica y sobre e1 poder eJecuuvo de amparar esas iioertaaes aeniro ae la óroita de sus atnbuciones." ··~e dice que el Presidente ae la rtepuouca puede ú>u:;,u·. .I,;stá de acuerdo en que el l'residen·te de la República puede al.Jusar, porque es hombre y porque es humano errar. ¿Dónde esta la gara11t1a contra ese pos,ble abuso"! Cabe aquí pregun– tar: ¿qu,en elige al .t'res,dente de la Repúb11ca l!.1 pu~b10 en una ut: 1as maml'es,ac1ones ae su sobera111a." ··.t:l !'residente, tiene pues, su ongen en u,1a manifesLa– ción cte la voluntad popu1ar. Y dentro ae la idea democrat1ca, uebemos suponer que e1 pueblo es bastante ilustrado y cuerdo para e1eg1r un Presidente que sea capaz de garantizar sus h– oertades, de cumplir sus obligaciones y de ejercer las facul– tades que la Constitución Po1ítica le aa. .t'orque la Constitu– ción impone al Presidente de la .t{epúbhca el r espeto de todas estas garantías que ella da a todos los ciudadanos, a toda la colectividad." ·· ... Ahora, ¿ por qué suponer que para que se puedan ~a– rantizar estos prmcip1os establecidos en la Cons~itución debe nombrarse guardián a una Corporación'!" "¿Por qué ha de ser una corporación y no el Presdente de la República el que vele por el mantenimiento de las liberta– des, ya que ambos tienen el mismo origen popular " ··Pero dejando a un lado esto, quiero suponer que el pue,. blo elija a un mal Presidente. :Pues bien, la Constitución esta– blece las maneras de contenerlo. En conformidad a sus dispo– siciones, el Presidente de la kepública tiene responsabilidad, el Presidente puede ser acusado." ·• ... Y van a ver los señores miembros de esta comisión, lo que esto significa, ¿cuáles son las causales de acusación a un Ministro de Estado Entre otras, la infracción de la Cons– titución, el atropellamiento de las leyes o su inejecución, etc.". "¿Ven los señores miembros de esta comisión, cómo pue– de ser acusado un Ministro de Estado, por infracción de la Constitución, por la violación de las leyes o por haberlas dejado sin cumplimiento " "Y el Presidente de la República, podrá ser acusado por estos mismos capítulos, después de su mandato o dentro de él si la mayoría de la conusión opina como yo en este punto··. "¿Cuál es la situación práctica?" ''Supongamos que mañana el Presidente de la República con su Ministerio, viola el derecho de asociación, viola la pro– piedad de las personas o cualquiera de los otros derechos es. tablecidos por la Constitución del Estado, o atropella la Cons– titución." ) 25 (

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