Los constituyentes de 1925
Seminairio de Derecho Público que es una ley histórica que no tiene excepción en la vida, aquella de que cuando la evolución se retarda, tiene que venir la revolución, el desplome. Y esto es lo que no han sido ca.pa – ces de evitar los hombres de este país mediante la evolución." "Estas son las causas sociológicas de la revolución del 5 de septiembre y no hay que ir a buscarlas en cuestiones pe– queñas, porque la verdadera razón de esa revolución está en los males originados por el vicioso sistema parlamentario que había llegado a se1· un régimen amorfo y anárquico, del que no se podría encontrar ejemplo en pais alguno del mundo ci– vilizado." "Juzgando los acontecimientos en esta forma es como se ha redactado este proyecto. Ahor11, ¿cuál ha sido la mentali– dad que ha presidido su redacción?; se ha querido corregir el mal, hacer imposible la vuelta al régunen que produjo la re– volución, producir la evolución y establecer un sistema que nos ponga a cubierto de los vicios del antiguo y conseguir en– tonces, que el carro del Estado marche sin tropiezos, ni in– convenientes y, sobre todo, teniendo muy en cuenta la reali– (l;ación del pensamiento que inspiró la revolución de septiem– bre". Y, ¿cómo se ha creído conseguir esto? Estableciendo una división absoluta entre los poderes; dándole al Presiden– te de la República, al Poder Ejecutivo, sus atribuciones, y al Congreso, las suyas, en forma de hacer imposible el choque entre estos dos poderes, en forma de hacer imposible que el Presidente de la República pueda ejercer una imposición in– debida sobre el Congreso y éste, a su vez, sobre el Presidente. · "Se ha hablado de que era conveniente buscar un régimen intermedio entre el régimen presidencial teórico y el régimen parlamentario teórico. Pues bien, sostengo, y lo voy a probar, que precisamente este proyecto de Constitución contiene esa ecuación; que este proyecto de Constitución no contiene un ré– gimen presidencial ni un régimen parlamentario; que es com– pletamente inexacto, que se haya establecido la dictadura del Presidente de la República; que es completamente inexacto que se haya querido es'tablecer un régimen absoluto y que se haya establecido un peligroso l"égimen autoritario y de fuerza. Lo único que se ha hecho, es definir las atribuciones del Presi– dente de la República, para que pueda ejercer sin tropiezos sus facultades administrativas y permitirle que administre, bajo su responsabilidad con arreglo a lo que las leyes establecen, sin la intervención de los parlamentarios, o sea, sin que interven– ga la politica en la administración." "Este proyecto significa, administración pública correcta y eficiente, sin intervención de la politica, sin intervención de los intereses políticos. Esta es la Constitución que se ha pre– sentado a vuestro debate y que pronto se someterá a la apro– bación del país." ) 21t (
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