Los constituyentes de 1925
Los Constituyentes de 1925 que puede darse a los decenios. Otra de las caractel'ísticas de la Constitución de 1833 y de las prácticas posteriores fué la con– centración del poder en un gobierno central, es decir la cen– tralización política y administrativa. Los Constituyentes de 1833 estuvieron temerosos de que el sistema federal aumentara la anarquía, introduciendo el regionalismo; por eso establecie– ron un sistema rígido, centralizado. "De la vaguedad de la Constitución, surgió la opinión de que lo que más convenía era el Sistema Parlamentario, lo que constituye una reacción natural, pues el Sistema Presidencial se había exagerado. Fué así como el Presidente ejercía efectiva intervención electoral, lo que le permitiría, prácticamente, de– signar su sucesor. Este procedimiento antidemocrático, trajo como consecuencia un deseo de ampliar las facultades del Par– ~amento y la teoría de que el sistema establecido en la Consti– tución era el Parlamentario. En la Revolución de 1891 se ven– tiló esta cuestión. El triunfo de la Revolución dió como resul– tado el establecimiento de hecho del Sistema Parlamentario, pero, este sistema no se estableció en los preceptos constitucio– nales. Las reformas de 1891 y posteriores no fueron suficien– temente explícitas. "La característica fundamental del Sistema Parlamenta– rio es la facultad del Ejecutivo de disolver el Parlamento, en el caso que el Ejecutivo estime que el Parlamento está siguien– do una política inconveniente. De no existir esta facultad, se produciría un conflicto entre ambos poderes. Al existir la fa– cultad citada, la nueva elección de parlamentarios viene a ser una especie de referendum, que determina cuál de los dos po– deres estaba en la razón. Sin este resorte, el Sistema Parlamen– tario conduce a conflictos interminables. Esta facultad no se estatuyó en las reformas de 1891. "La Revolución dió como resultado, un fenóm~no contra– rio al anterior; se exageró la preponderancia del Parlamento. Es el Parlamento el que gobierna, por medio del Gabinete, que representa la mayoría del Congreso. Como no existía la incom– patibilidad entre los cargos de Ministro y parlamentario, se produjo la rotativa ministerial, pues los Gabinetes eran derri– bados y substituidos por parlamentarios. Todos los parlamen– tarios aspiraban a ser Ministros. "Este abuso del Sistema Parlamentario incompleto, trajo como consecuencia la Revolución de 1924 y la Reform'a Cons– titucional de 1925. La Constitución se reformó con el deseo de robustecer la autoridad del Ejecutivo y aminorar la ingeren– cia del Parlamento en los asuntos de Gobierno. "La nueva Carta presenta el mismo inconveniente que la de 1833. Establece un Sistema Presidencial incompleto, sin to– dos los resortes; pues al robustecer la autoridad del Pr~iden– te, surge la posibilidad de abuso, o sea, un mal semejante a la .) 2119 (
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=