Los constituyentes de 1925
Los Constituyentes de 1925 ma no importaba mayormente, ya que el único fin que se per– seguía era un reconocimiento expreso de los derechos de la Iglesia. La representación conservadora había recibido otras ór– denes del Papa, una de las cuales se tradujo en la siguiente indicación del constituyente que nos preocupa: "Quedan dero– gadas las leyes existentes sobre las materias de los artículos 30 No 3, Art. 73 números 8, 13 y 14 y Art. 95, números 3 v 4. de la Constitución de 1833, suprimidos en la presente". Esta indicación, que fué aprobada como artículo transitorio de la Constitución, tuvo por objeto suprimir algunas leyes de la No– vísima Recopilación, relativas al patronato, que ponían tra– bas a la Iglesia. La aprobación de tal fórmula no ofreció difi– cultad alguna. El señor Silva Cortés nos ha dicho que las ideas por él for– muladas en la constituyente sobre los problemas de carácter reliigoso fueron estudiados previamente en reunión que tuvo con el Arnobispo de Santiago, Monseñor Crescente Errázuriz, con Monseñor Carlos Casanueva y los señores Pedro Montenegro, Miguel Angel Valdés, Agustín Edwuds y Francisco Vidal Garcés. El señor Silva aceptó modificar el número 3 del artículo 10, que garantizaba la libertad de prensa, reconociendo que el jura– do había fracasado y que el concepto constitucional de 1833 no servía para combatir la ofensa, el ultraje y la calumnia. En la sesión de ·22 de julio de 1925. la representación con– servadora acordó dar a conocer su posición frente a la reforma constitucional. Se comisionó pana éste fin al señor Vidal Gar– cés, quien por medio de un discurso, sintetizó las opiniones ver– tidas en el seno de la comisión por el Sr. Silva Cortés, opinio– nes que pueden concretarse en los siguientes puntos : 1) Son partidarios del régimen parlamentario. 2) No pueden renunciar a las fiscalización parlamentaria., la cual no estaba contemplada en toda su amplitud en el pro– yecto. 3) El presidencialismo conduce al absolutismo. 4) Estaban dispuestos a corregir los vicios del parlamen– tarismo, estableciendo un quorum especial para los votos de desconfianza. 5) Proponen que para la dictación de la Ley de Presupues– to, se fije un plazo breve y fatal. 6) Acepta.rían la incompatibilidad entre Ministro y Par– lamentario. Como se les solicitara la presentación del proyecto de re– forma conservador, tradujeron ·las ideas expuestas al lengua.– je y forma constitucional: ) 241 (
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