Los constituyentes de 1925

Seminario de Derecho Público que actualmente se puede verificar que las entradas de) pais provienen en un 8010 de los productos de los grandes mmera– les de "El Teniente" y "Chuquicamata". La actitud asumida por el Sr. Silva en la Comisión Cons– tituyente sobre el problema de la consagración del derecho de propiedad, puede interpretarse como una posición moderada, de transición entre las ideas individualistas del siglo pasado Y las modernas tendencias que hoy imperan. Cuando se discutió la organización del Poder Jucticial, el Sr. Silva Cortés formuló las siguierf.tes indicaciones: 1) Propicia la idea de conceder al Poder Judicial, la facul – tad de proponer al Congreso, proyectos de ley que faciliten la aplicación de las leyes en casos determinados. 2) Cree conveniente facilitar la declaración del mal com. portamiento de los jueces, para así velar por su conducta. "Ha– brá acción popular sumaria, para pedir al Tribunal Superior respectivo, la declaración de que un ju€z no tiene la buena con– dudta necesaria para permanecer en su cargo". "En todo caso, para que un Juez Letrado o Ministro de " un Tribunal Superior sea depuesto de su destino, será ne– " cesario que la Corte Suprema, por el voto de los dos tercios " de sus miembros, dicte la sentencia o apruebe la resolución " que decreta la remoción". 3) Propone estalilecer la responsabilidad del funcionariJ judicial, en los casos de perjuicios sufridos injustamente por algún particular. En el proyecto se hacía responsable al Estado. Respecto a las Municipalidades el Sr. Silva estimó incon– veniente· que se facultara al Presidente de la República para que designara a todos los alcaldes, y propuso que se le autori– zara para hacerlo sólo en las ciudades de gran población, pues debía mantenerse la autonomía municipal. En la vigésima se– gunda sesión, se opuso decididamente a la indicación del Sr. Vicuña Fuentes, que suprimía las municipalidades, haciendo un brillante elogio del papel que estaban llamadas a desempe– ñar en el progreso cultural y material de cada comuna. La idea de facultar a las Asambleas Provinciale& para disolver a las municipalidades también fué combatida por el Sr. Silva. La autonomía municipal encontró en el seno de la Com:. sión Constituyente un fervoroso partidario y brillante defen– sor; la descentralización administrativa, tantas veces prometi– da y nunca reali<i;ada, tuvo en el Sr. Silva Cortés uno de los rn,ás entusiastas defensores. Con el señalado propósito de auxiliar las provincias y dar– les una relativa independencia, para encarar con sus propios recure.os los problemas que se les presenten, el Sr. Silva pro– puso a la consideración de la Comisión Constituyente, una in ) 236 (

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