Los constituyentes de 1925
Seminario de Derecho Público lo que se podría formar un capital en el extranjero que, a la larga, transformaría la explotación y haría frente al nitrato de sodio sintético. A su juicio, el Fisco y por consiguiente el Estado, tenía la obligación de intervenir enérgicamente en la producción de nuestra principal riqueza; para ello debía éste exigir, previo a.porte de lotes nitrosos, un medio en las utilidades de la in– dustria y el control paulatino de las compañías, con lo cual pro· longaría su existencia comercial a la vez que daría base a Ja instalación de plantas modernas y económicas en plena pampa. Desgraciadamente, esta feliz iniciativa que poco a poco habría dado a Chile la completa posesión y utilidad del salitre, no en– contró acogida. Dos años más tarde, era disuelta la "Cosach", y los desve– los de su principal personero, se diluían ante la expectativa de mayores beneficios para e'! país. En su obra "Balmaceda y el P arlamentarismo en Chile". publicada en dos tomos, los años 1915 y 1925, analiza con gran imparcialidad, los días trágicos de 1891, al mismo tiempo que .las causas que los motivaron y las figuras de sus principales hombres. Reconoce que el conflicto entre el Gobierno y los r('volu– cionarios tuvo un carácter fundamental, pues significó la lucha entre la gran personalidad de Balmaceda, que disponía de gran poder de hecho, y la fuerza colectiva de las clases dirigentes, aquella "aristocracia frondista" de que habla Alberto Edwards, que defendía su derecho de intervenir en el gobierno de la SO· ciedad. Pese a que don Ricardo Salas fué en su "juventud, partida– rio de la Revolución, su estudio es, según todos los críticos, de· sapasionado, exacto y verídico. Acusa al Ministro balmacedista Domingo Godoy, de m:edi– das de rigor excesivo adoptadas por Balmaceda, con lo cual en– lodó la causa que defendía. Esto no concuerda con las declara– ciones que en 1904 hiciera el impugnado al afirmar que ~i hu– bieran sido aceptados sus métodos, la Revolución habría sido vencida. Fuera de los numerosos ensayos, opúsculos y a rtículos del señor Salas, sobresale un pequeño libro titulado "La futura ac– ción política de la mujer", en el cual, con criterio de avanzada, aboga por los derechos de la mujer impuestos por la época, la sociedad y más que nada, por la razón. El principal mérito de esta obra está en su influencia en el Decreto 328, de 16 de Mar· zo de 1925, en el cual se suprimen numerosas inhabilidades de la mujer, y que modificó el Código Civil. . ) 216 (
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