Los constituyentes de 1925

Los Constituyente:s de 1915 Interior, dentro del concepto de descentralización administra– tiva que idearon los constituyentes, se requiere la dictación de diversas leyes, algunas de las cuales deben promulgarse a la brevedad posible". "Es de necesidad inmediata, la Ley de Organización y Atri– buciones de las Asambleas Provinciales, que deben empezar a funcionar luego como cumplimiento de la descentralieación ad– ministrativa, que se perfeccionaria y complementaria con otras leyes que contemplen la descentralización de los servicios gene– rales de la Nación, hasta llegar a la formación de las zonas ade– cuadas que consulten las características de las diversas regiones; para dar así, cima al mandato constitucional y satisfacer esta justa aspiración nacional". "De todas maneras, considero que el proyecto tiene aspec– tos interesantes, como la elección gremial de los regidores; y, la idea de llegar a una efectiva desc,mtralización económica de las provincias, para así preparar el cc1mino a la descentralización administrativa, que hasta hoy no se ha hecho en forma racional y completa". Le proponemos a don José Maza, que nos hable sobre las re– formas que a su parecer sean de más imprescindible urgencia pa– ra complementar el texto de la Constitución Política. "La evolución institucional y política que ha sufrido nuestro país, -nos expresa- hace necesario reformar la Constitución, en algunos aspectos, sin perjuicio de considerar que es una Ley comple~ y armónica, que, como ya les he manifestado, inter– preta, o, al menos, interpretaba, el sentir casi unánime de la colectividad". "Hay que aceptar el principio de que los pueblos, como los hombres, crecen y se desarrollan, ·surgiendo en ellos nuevas ne– cesidades que es preciso satisfacer a medida que se presentan, para evitar su desnutrición política y social". "Una Constitución, no puede ser eterna; corresponde a la vida nacional de una época de terminada, épocas que con el rá– pido y creciente progreso, se van haciendo cada vez más cortas. Por este motivo, existe una marcada tendencia doctrinaria, en dar flexibilidades a las constituciones, para que sean suscep– tibles de reformas con mayor facilidad". "Desde luego, es necesario cambiar la forma de elección del Presidente de la República. El sistema que establecia. la Cons– titución de 1833, era una simple ficción, donde los electores de Presidente eran electores de determinado candidato ya desig. nado en convenciones políticas". "El actual sistema de elección directa, tampoco es conve– niente, debido a que los candidatos necesitan sumas inmensas de dinero, para sufragar los gastos legítimos de propaganda, ta– les como jiras, mantención de secretarías, etc. Si el futuro Pre- ) 183 (

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