Los constituyentes de 1925
Seminario de Derecho Público Para evitar falsas interpretaciones de caracter teológico o detallista propuso que se incorporara solamente en la Cons– titución ~l principio de que la educación pública es una ateu– ción p!·~ferente del Estado y que la instrucción primaria <".!o\ obligatoria. Al establecerse el voto repartidor en el act ual art. 25, y apoyando los deseos del entonces Presidente de la República, .expresó que todos los votos proporcionales, empíricos o prácti– cos, persiguen el objeto de dar a las minorías y a todas las co– rrientes en lucha, una r epresentación equivalente a las fuerzas de que dispone. Agregó que el voto acumulativo es proporcio– nal, pero tiene muchos defectos que la práctica ha dejado de manifiesto en Chile.• En cambio, el voto r epar tidor es mate– máticamente proporcional, asegurando esta proporcionalidad en todo caso. Consideró insuficientes los requisitos que exige la Consti– tución en su a rt. ·27, para ser elegido parlamentario, demostrán– dose especialmente partidario de exigir 40 años cumplidos pa– ra ocupar un asiento en el Senado. Una vez avocados al caso de las incompatibilidades parla mentarías, observó que el mal no estaba en que los hombres que se designen como miembros de organismos administrativos, sean Diputados o Senadores, sino que radica en que las Cámaras ha– yan hecho las designaciones, pues en este caso predenomina el criterio político. Cuando el señor Hidalgo proponia que se autorizara sólo por una vez al Diputado o Senador, para a usentarse del país; opinó que aunque se entiende que la autorización es por una vez, el Congreso, por medio de una Ley, podría autorizarlo varias ve– ces. A su parecer, ese permiso es materia más propia de los re– glamentos de las Cámaras, por lo tanto propic-ió la convenien– cia de establecer que el parlamentario que se ausente del país por mas de seis meses, pierda su cargo en el Congl'eso, ya que no han sido raros los casos en que la falta de cinco o seis miem– bros de una Camara, que viajaban por el extranjero, haya im– ped~do la cooperación hacia el Gobierno, en asuntos de trascen– dental importancia. Se pronunció partidario sobre la conveniencia de que la Corte de Apelaciones conozca si ha o no lugar a la formación de causa, pudiendo recurrir a la Suprema, en el caso de desa– fuero parlamentario. Como anotamos en los apunte.,; biografi– cos, fué él la primera víctima en la apl<icación de esta disposi– ción, cuando se le consideró cómplice en la revolución del "Avión Rojo" en Septiembre de 1930. En lo concerniente a la elección de los Senadores, expresó que si se hacia por colegio único, se acarrearían grandes incon– venientes. Fundamentó su criterio, en que la Proviincia de San. tiago, tenia cerca de 700.000 habitantes, y si se eligieran 40 ) 170 (
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