Los constituyentes de 1925
Seminario de Derecho Público do, la de un hombre de ideas avanzadas y de convincente celo democratico. . Nunca fué exagerado en sus bien definlidas aspiraciones. Cuando se trató de dar facultad al Presidente de la República para disolver el parlamento, llamó la atención de la sub-comi– sión diciendo que: "la facultad de disolver, es de la esencia del régimen parlamenta~·io, régimen q.u~. ya ha sid<? desechado por la opinión casi unanime de la com1s1on, y que si ahora se acor– dara el derecho de disolución; no sólo se obtendría una Cámara encuadrada dentro de su papel legislador, sino que se podría llegar a tener un Congreso servil que nadie puede desear en Chile.'' En su concepto, con adoptar algunas medidas precisas, en el texto de la constitución, se conseguiría la finalidad que anhe– laba la opinión pública del año 1925. Al referirse a ciertos as– pectos J!e la ley de Presupuestos, en una larga y brillante inte– rrupción, expresó gue: "Si el Congreso no tiene la facultad de aplazar o negar las leyes períodicas, se habrá puesto término al abuso del parlamentarismo y tendrá el Presidente, leyes opor– tunas que le permitan administrar correctamente el país. A través del presente análisis que hacemos de la actuación de don José Maza como consHtuyente, trataremos de ordenar sus opiniones de acuerdo con los actuales artículos de la Cons– titución, con el objeto de facilitar las comparaciones de su la– bor en las comisiones y sub-comisiones, con la redacción final de la Constitución promulgada. Algunos constituyentes, con un espíritu de acendrado pa– triotismo, se pronunciaron contrarios a la r ehabilitación por ley, que pretendía otorgárseles a aquellos ciudadanos que hu– bieran perdido la nacionalidad Chilena. Sostenían que cuando la Nacionlidad se pierde, se pierde para siempre. El señor Ma– za, observó sobre el particular, la conveniencia de mantener la rehabilitación, sea por ley o por el Senado, ya que, los que hu– bieren perdido la nacionalidad, la podrían recuperar siempre por la vía de la nacionalización; de modo que, cualquiera persona, podria nacional!izarse en país extranjero, y luego, como tal, ob– tener carta de Nacionalidad Chilena. En esa oportunidad, in– sinuó que debiera introducirse alguna cortapisa para el caso de nacionalieación de extranjeros que quisieren recuperar su cali– dad de chilenos. El problema del derecho a sufragio y su reglamentación, fué un tema que apasionó a los Constituyentes de 1925. A raiz de una insinuación del señor Nolásco Cárdenas, que actuaba en la misma sub-comisión, eI señor Maza propuso que se dejara claramente es~blecido el carácter secreto del voto en las elecciones populares. Se manifestó contrario a que se instituyera en forma ex– presa, en la carta política, el derecho de las mujeres y de los ) 168 (
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