Los constituyentes de 1925

Seminario de Derecho Público que, gracias a la imperfección de los Reglamentos Internos de estas Corporaciones, hacían preva\ecer sus intereses por me– dio de la obstn1cción. La época en que Diputados y Senadores, ansiosos de poder, movidos por el deseo de asegurar sus reelec– ciones, fueron cada día más, preocupándose de acrecentar sus influencias personales o partidistas en el manejo de los nego– cios públicos, sin tomar en cuenta los intereses de la Nación. Es así como en un articulo publicado en "El Mercurio", en Oc– tubre de 1919, sobre la esterilidad parlamentaria, demvstró, con la estadística en la mano, que la Cámara, de 101 sesiones que debió celebrar, sólo celebró 28 completas; a3 no sé celebra– ron por falta de quórum; por la misma razón se suspendieron 27, y las restantes terminaron antes de la hora. Pero la este– rilidad no estaba sólo en la falta de sesiones, sino en la caren– cia de trabajo; en la tabla figuraban 13 proyectos y ninguno fué despachado y algunos ni siquiera discutidos; pero, en cam– bio, se pronunciaron 1.457 discursos anotados en las actas. El señor Echeverría dió también algunas conferencias de importancia: en 1920 dilucidó en el Club de Señoras un tema. de actualidad feminista: "El papel de la mujer en la política". La más interesante de sus charlas fué seguramente la que de– nominó "Utopías Realizables", dada en fa Universidad de Chi– le, en 1923, e impresa en un folleto, sobre el cual se expresaba el crítico señor Diez Arrieta en los siguientes términos : "El más pequeño de los libros que hayamos r ecibido, y la más gr an– de idea que recordamos haber hallado en los libros". Trata de la cuestión social y, analizando las distintas teorías de las di– versas escuelas, propone una or ganización especial, tendiente a obtener una mejor distr ibución de la riqueza sin violar nin– guna de las reglas clásicas de la escuela individualista. Designado asesor jurídico de la J unta de Previsión de Em– pleados Particulares, redactó el Reglamento General de la ley y evacuó un informe de carácter fundamental, sosteniendo la incompetencia de la Corte Suprema para conocer de los juicios que fallen los tribunailes especia,Ies creados por las leyes socia– les. Como abogado tuvo a su cargo defensas impor tantes, co– mo la denominada "Compañía Flor del Toco con Fisco", que alcanzó cierta resonancia pública. ) 118 (

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